Provincia de Buenos Aires

MINISTERIO DE GOBIERNO

Resolución Nº 26

 

La Plata, 11 de marzo de 2011.

 

VISTO el expediente Nº 2200-2341/10, mediante el cual tramita la Declaración de Interés Provincial de los festejos por el 15 Aniversario de la Autonomía del Municipio de Hurlingham, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Declaración del día 2 de diciembre de 2010, el Honorable Senado de la Provincia de Buenos Aires, hace saber que vería con agrado que el Poder Ejecutivo declare de Interés Provincial, los festejos realizados entre los días 9 a 12 de diciembre de 2010, con motivo del 15 Aniversario de la Autonomía del Municipio de Hurlingham; con el ejercicio pleno de las autoridades electas, establecida el 28 de diciembre de 1994, fecha de sanción de la Ley Nº 11.610 y que dividió el Partido de Morón en los Municipios de Morón, Hurlingham e Ituzaingó;

Que a fojas 5, la Subsecretaría de Relaciones Institucionales solicita la elaboración del proyecto de Resolución, que declare de Interés Provincial dicho acontecimiento;

Que la Dirección Provincial de Desarrollo Regional, dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Municipales, ha tomado intervención en el ámbito de su competencia, elaborando el anteproyecto de Resolución que luce agregado a fojas 6/6 vuelta;

Que se ha ponderado la importancia y trascendencia de la declaración de interés provincial que se solicita;

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3º del Decreto Nº 2.590/94;

 

Por ello,

 

EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO Nº 2.590/1994 El MINISTRO DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º - Declarar de Interés Provincial los festejos realizados entre los días 9 a 12 de diciembre de 2010, con motivo del 15 Aniversario de la Autonomía del Municipio de Hurlingham, con el ejercicio pleno de las autoridades electas, establecida el 28 de diciembre de 1994, fecha de sanción de la Ley Nº 11.610, que dividió a Morón en los Municipios de Morón, Hurlingham e Ituzaingó.

 

ARTÍCULO 2º - Excluir de la declaración del artículo 1º, toda obligación adicional que pueda generar acciones vinculantes o comprometer aportes financieros de esta Secretaría de Estado.

 

ARTÍCULO 3º - Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

 

Eduardo Oscar Camaño

Ministro de Gobierno

C.C. 3.642