DEROGADA POR LEY 4316
LEY 3925
Texto actualizado con las modificaciones introducidas por las Leyes
3961 y 4095.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- A contar de la
promulgación de la presente ley, será único documento habilitante para ejercer
el derecho del voto y para determinar el domicilio del votante, la nueva
libreta de enrolamiento.
ARTÍCULO 2.- La
Junta de Reclamaciones del artículo 13 de la Ley Electoral
vigente, procederá a incluir de oficio en la reapertura del corriente año,
todos los enrolados que no estuvieren en el Padrón Provincial, a cuyo efecto
solicitará los antecedentes respectivos a las autoridades correspondientes.
ARTÍCULO 3.- (Texto según Ley 4095) “Los fiscales
que determina el artículo 9 de la
Ley 21 de septiembre de 1923, tendrán intervención en todos
los actos que se refieran a la formación del padrón electoral, hasta su aprobación
definitiva y publicación.”
(Párrafo correspondiente a la
Ley 4095) Los
fiscales podrán pedir a las Juntas de Reclamaciones, la inclusión de ciudadanos
cuyo domicilio en el distrito constase en la libreta de enrolamiento, con la residencia
requerida por la ley, que hubieren sido omitidos por las comisiones
inscriptoras.
La Junta de Reclamaciones
deberá ordenar la inclusión, siempre que ninguno de los fiscales de los demás
partidos políticos hiciese objeciones fundadas en falta de domicilio. En caso
de oposición de algunos de los fiscales de los partidos políticos, la Junta de Reclamaciones
citará a los ciudadanos objetados por carta certificada, a fin de que se
presenten en el plazo de cinco días de expedida aquélla, para comprobar su
derecho a ser inscripto.
ARTÍCULO 4.- (Texto
según Ley 3961) El año 1930 se practicará un nuevo empadronamiento
general, de acuerdo a la ley de la materia.
El término establecido por la Constitución en su
artículo 53, empezará a contarse desde ese año.
ARTÍCULO 5.- Derógase toda otra disposición que se
oponga a la presente.
ARTÍCULO 6.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.