LEY 205

 

Restablecimiento del servicio de serenos en los pueblos de campaña.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DELESTADO DE

BUENOS AIRES, ETC.

 

ARTÍCULO 1.- Queda autorizado el Poder Ejecutivo para establecer el servicio de serenos en los pueblos de campaña que lo solicitaren por medio de sus autoridades, en la forma siguiente:

Las casas de negocios pagarán diez pesos mensuales.

Las casas de familia pagarán dos pesos mensuales.

 

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.