LEY 205
Restablecimiento del servicio de serenos en los pueblos de campaña.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DELESTADO DE
BUENOS AIRES, ETC.
ARTÍCULO 1.- Queda autorizado el Poder Ejecutivo para establecer el servicio de serenos en los pueblos de campaña que lo solicitaren por medio de sus autoridades, en la forma siguiente:
Las casas de negocios pagarán diez pesos mensuales.
Las casas de familia pagarán dos pesos mensuales.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.