LEY 2772
Autorización a los Escribanos del Banco Hipotecario para llevar, además del Registro Especial, el Registro General.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS, ETC.
ARTÍCULO 1.- Los Escribanos que regentean el Registro Especial del Banco Hipotecario de la Provincia podrán llevar también el Registro General, mientras no se reabran las operaciones de dicho establecimiento.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.