LEY 2772

 

Autorización a los Escribanos del Banco Hipotecario para llevar, además del Registro Especial, el Registro General.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS, ETC.

 

ARTÍCULO 1.- Los Escribanos que regentean el Registro Especial del Banco Hipotecario de la Provincia podrán llevar también el Registro General, mientras no se reabran las operaciones de dicho establecimiento.

 

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.