DECRETO 1335/2025

LA PLATA, 22 de Junio de 2025

VISTO el expediente EX-2025-09320863-GDEBA-HIGAGSMMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual se propicia aceptar la renuncia presentada por Ana Laura GONZÁLEZ al cargo de Directora Asociada del Hospital Interzonal General de Agudos "General San Martín" de La Plata, y designar en su reemplazo a Carolina PEREZ DUHALDE, regularizando las correspondientes reservas de cargo en consecuencia, y

CONSIDERANDO:

Que Ana Laura GONZALEZ presentó la renuncia al cargo Directora Asociada del Hospital Interzonal General de Agudos "General San Martín" de La Plata, a partir del 28 de febrero de 2025, cuya designación fue dispuesta por el Decreto N° 391/20, rectificado por Decreto N° 565/22;

Que se encuentra acreditado que la citada agente se reintegró a sus tareas como Médica Hospital “C” - Especialidad: Terapia Intensiva, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el Hospital Interzonal General de Agudos "General San Martín" de La Plata, a partir del 1° de marzo de 2025;

Que la Dirección de Sumarios Administrativos informó que la funcionaria saliente no registra actuaciones sumariales pendientes de resolución;

Que, en consecuencia, corresponde aceptar la renuncia presentada por Ana Laura GONZÁLEZ a partir del 28 febrero de 2025, y limitar a partir de idéntica fecha la reserva de cargo instrumentada por el citado Decreto N° 565/22;

Que, por otro lado, se gestiona designar, a partir del 1° de marzo de 2025, a Carolina PÉREZ DUHALDE como Directora Asociada del Hospital Interzonal General de Agudos "General San Martín" de La Plata, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, bloqueo de título e inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria;

Que, en virtud de la designación propiciada, se gestiona reservar el cargo que PÉREZ DUHALDE detenta como Médica de Hospital “C” - Especialidad: Clínica Médica con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria en el Hospital Interzonal General de Agudos "General San Martín" de La Plata;

Que la interesada se encuentra alcanzada por los términos del Decreto N° 598/15, modificado por Decreto N° 1554/22, por el cual se declaró el desgaste laboral o agotamiento prematuro para el personal que presta servicios en los establecimientos asistenciales dependientes del Ministerio de Salud;

Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, ambas de Secretaría General, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;

Que la gestión que se promueve se impulsa conforme los términos de los artículos 14 inciso b) y 23 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en concordancia con los artículos 8, 33 y 45 inciso b) de la Ley N° 10.471 y modificatorios, y se exceptúa de lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto N° 272/17E;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Aceptar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 28 de febrero de 2025, la renuncia presentada por Ana Laura GONZÁLEZ (DNI N° 26.363.658 - Clase 1977) como Directora Asociada del Hospital Interzonal General de Agudos "General San Martín" de La Plata, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, quien había sido designada por Decreto N° 391/20 rectificado por Decreto N° 565/22, de conformidad con lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N ° 10.528.

ARTÍCULO 2°. Limitar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 28 de febrero de 2025, los alcances del artículo 2° del Decreto N° 565/22, dejando establecido que Ana Laura GONZALEZ (DNI N° 26.363.658 - Clase 1977), se reintegró a su cargo de revista como Médica de Hospital “C” - Especialidad: Terapia Intensiva, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el Hospital Interzonal General de Agudos "General San Martín" de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales.

ARTÍCULO 3º. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 1° de marzo de 2025, a Carolina PEREZ DUHALDE (DNI N° 28.052.122 - Clase 1980), en el cargo de Directora Asociada del Hospital Interzonal General de Agudos "General San Martín" de La Plata, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, bloqueo de título e inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, de conformidad con lo normado por el artículo 8° de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528, exceptuando la medida de lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto N° 272/17E.

ARTÍCULO 4°. Reservar, en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 1° de marzo de 2025, el cargo que posee Carolina PEREZ DUHALDE (DNI N° 28.052.122 - Clase 1980) como Médica de Hospital “C” - Especialidad: Clínica Médica del Hospital Interzonal General de Agudos "General San Martín" de La Plata, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales, con un régimen cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, bloqueo de título e inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalarian mientras se desempeñe como Directora Asociada en el establecimiento mencionado, de conformidad con lo determinado por el artículo 23 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1º de la Ley Nº 10.528.

ARTÍCULO 5º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y Gobierno.

ARTÍCULO 6º. Registrar, notificar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Nicolas Kreplak, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro;  AXEL KICILLOF, Gobernador