DECRETO 1.289
La Plata, 17 de junio de 2004
VISTO: El Expediente Nº 2408-4805 de 2002 del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, mediante el cual se gestiona declarar la prescripción adquisitiva del inmueble ubicado en el partido de Navarro identificado catastralmente como: Circunscripción III, Parcela 213a, en el cual se encuentra ubicada la Planta Depuradora Cloacal del citado partido,
CONSIDERANDO:
Que de lo actuado surge
que las obras pertinentes fueron licitadas el 30/11/81 y adjudicadas el 19/1/82
por Resolución de ex - OSBA Nº 85, iniciándose la misma el 8/2/82;
Que ante la situación expuesta, la Autoridad del Agua informa que ha contado
con la posesión pacífica e ininterrumpida del bien (fs. 16), no existiendo
registro alguno que permita determinar el origen de la posesión, estimando
pertinente encuadrar la presente gestión en la Ley 21.477;
Que analizada la documentación que obra en el presente, se ve claramente que se
han cumplido con los recaudos exigidos por el artículo 4015 del Código Civil
mediante el ejercicio de actos posesorios en forma continua durante más de 20
años con el ánimo de tener la cosa para sí;
Que se ha procedido a la confección del plano de mensura característica
75-17-03 (fs. 22/24) como lo establece el artículo 2º de la normativa
mencionada;
Que a fs. 18 y vta. toma intervención la Contaduría General de la Provincia,
Que de conformidad con lo dictaminado por la Asesoría General de Gobierno (fs.
17) y la vista del señor Fiscal de Estado (fs. 20), procede el dictado del
pertinente acto administrativo;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Art. 1º - Declárase
operada la prescripción adquisitiva a favor del Fisco de la Provincia de Buenos
Aires, del inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción III,
Parcela 213a, Inscripción de Dominio: Folio 46/38 y D. H. Nº 68.551 al dorso
del folio 109/1916 – C/R a la inscripción 52.067 - Folio 1.533 vta./B/910,
Plano de Mensura característica Nº 75-17-03, de una Superficie de 3 Ha. 14 A.
20 Ca. 51dm2 en el cual se encuentra ubicada la Planta Depuradora Cloacal del
partido de Navarro.
Art. 2º - Dése intervención a la Escribanía General de Gobierno, a fin de que
se sirva otorgar los actos notariales pertinentes.
Art. 3º - El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario
en el Departamento de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.
Art. 4º - Regístrese, notifíquese al señor Fiscal de Estado, comuníquese,
publíquese, dése al Boletín Oficial y vuelva al Ministerio de Infraestructura,
Vivienda y Servicios Públicos (Autoridad del Agua) para su conocimiento y fines
pertinentes.
SOLA
E. Sicaro