LEY 10654
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1: Apruébase el acta acuerdo que como anexo forma parte integrante de la presente, suscripta entre esta Provincia y las de La Pampa y Río Negro, con la finalidad de implementar medidas provisorias o de emergencia que permitan paliar los daños derivados de la situación creada como consecuencia de los escurrimientos del Río Curacó y su descarga en el Río Colorado.
ARTICULO 2: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata a los treinta días del mes de junio de mil novecientos ochenta y ocho.
ACTA-ACUERDO ENTRE LAS PROVINCIAS DE BUENOS AIRES, RIO NEGRO Y LA PAMPA CON RELACION A LAS DESCARGAS DEL RIO DESAGUADERO-SALADO-CHADILEUVU-CURACO EN EL RIO COLORADO.
Los Gobernadores de las Provincias de Buenos Aires, Río Negro y La Pampa, ante la decisión del Consejo de Gobierno del COIRCO con relación a la situación creada como consecuencia de los escurrimientos del río Curacó y su descarga en el río Colorado y considerando que, ante tales circunstancias, se hace necesario acordar cursos de acción concretos conducentes a encarar medidas provisorias o de emergencia que permitan paliar los daños derivados de la situación en las Provincias de la Cuenca Media, acuerdan, ad-referendum de las respectivas Legislaturas Provinciales:
a) Obras de control de escurrimientos entre la Laguna "La Amarga" y el curso del río Curacó y otras que pudieran resultar convenientes a los fines perseguidos.
b) Reparación de los tramos afectados de las rutas provinciales que cubren la zona mencionada, reinstalación de familias evacuadas y reconstrucción del acueducto La Reforma-Puelches que abastece esta última localidad y a la subestación de rebaje de Hidronor S.A.