DECRETO 1125/2022
LA PLATA, 30 de Agosto de 2022
VISTO el expediente EX-2022-18515814-GDEBA-DPRYRMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual se gestiona la aceptación de la renuncia de Mariela de los Ángeles TORRES al cargo de Directora Ejecutiva del Ente Descentralizado Hospital Integrado de la Región Sanitaria V, y la designación en su reemplazo del médico Facundo Nahuel MAIDANA, y
CONSIDERANDO:
Que Mariela de los Ángeles TORRES presentó la renuncia, a partir del 4 de mayo de 2022, al cargo de Directora Ejecutiva en el régimen laboral de disposición permanente, en el Ente Descentralizado Hospital Integrado de la Región Sanitaria V, dependiente de la Dirección de Desarrollo de Redes de Servicios de Salud de la Dirección Provincial de Redes y Regiones de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, quien había sido designada por Decreto Nº 742/2020;
Que la presente situación se encuentra comprendida en el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10.528;
Que la Dirección de Sumarios Administrativos informó que la agente saliente no registra actuaciones sumariales pendientes de resolución;
Que, asimismo, se gestiona la designación, a partir del 5 de mayo de 2022, del médico Facundo Nahuel MAIDANA como Director Ejecutivo, en el régimen laboral de disposición permanente del establecimiento citado, de conformidad con lo determinado por el artículo 9º del Decreto Nº 135 B/03, reglamentario de la Ley Nº 11.072;
Que corresponde concretar la medida tramitada por esas actuaciones, exceptuándolo de las condiciones determinadas en el primer y segundo párrafo de la norma legal mencionada precedentemente, por cuanto en el nosocomio de marras no se ha constituido Consejo de Administración y por contar el causante con la idoneidad necesaria para desempeñar el cargo de Director Ejecutivo;
Que la designación propiciada se efectúa a partir de fecha cierta, en virtud de la excepción prevista en el último párrafo del artículo 11 del Decreto N° 272/17 E y modificatorios;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Aceptar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 4 de mayo de 2022, la renuncia presentada por Mariela de los Ángeles TORRES (DNI N° 21.708.090 – Clase 1970) como Directora Ejecutiva del Ente Descentralizado Hospital Integrado de la Región Sanitaria V, dependiente de la Dirección de Desarrollo de Redes de Servicios de Salud de la Dirección Provincial de Redes y Regiones de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, quien había sido designada por Decreto N° 742/2020, de conformidad con lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10.528.
ARTÍCULO 2°.- Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 5 de mayo de 2022, al médico Facundo Nahuel MAIDANA (DNI N° 32.483.113 - Clase 1986) como Director Ejecutivo, en el régimen laboral de disposición permanente del Ente Descentralizado Hospital Integrado de la Región Sanitaria V, dependiente de la Dirección de Desarrollo de Redes de Servicios de Salud de la Dirección Provincial de Redes y Regiones de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, de conformidad con lo determinado por el artículo 9º del Decreto Nº 135 B/03, reglamentario de la Ley Nº 11.072 de Descentralización Hospitalaria, con excepción de las condiciones determinadas en el primer y segundo párrafo de la citada norma legal.
ARTÍCULO 3°.- El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 4°.- Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Nicolás Kreplak, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador