LEY 6049
Donación de una fracción de terreno al Obispado de Mar del Plata.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Dónase, sin cargo, al Obispado de Mar del Plata, la fracción de terreno fiscal ubicada con frente a la calle Rivadavia, entre las de Bartolomé Mitre y San Luis, de la ciudad de Mar del Plata, jurisdicción del Partido de General Pueyrredón que es parte del lote número seis (6) de la Manzana número cincuenta y cinco (55) designada catastralmente con la Circunscripción I, Sección B, Manzana ciento veintidós (122) Parcela dieciocho (18), con superficie de ciento setenta y tres metros cuadrados con dos decímetros cuadrados (173,02 m2), según título, y ciento sesenta y tres metros cuadrados con treinta y cuatro decímetros cuadrados (163,34 m2), según catastro, estando registrado el dominio al Folio 497 del año 1918.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.