LEY 14522

 

 

 

 

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

 

 

 

 

LEY

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 1º - Institúyese en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires el 17 de mayo de cada año, como el “Día Provincial contra la Discriminación por Orientación Sexual e Identidad de Género”, fundado en el respeto del derecho constitucional a la libertad e igualdad entre las personas y con la finalidad concreta de contribuir a combatir y eliminar toda forma de discriminación e intolerancia entre las mismas.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 2º - Encomiéndase al Poder Ejecutivo provincial a realizar compañas de difusión y sensibilización en todas las reparticiones provinciales, tendientes a superar el criterio heteronormativo en las políticas públicas que invisibiliza y niega la existencia de otras orientaciones sexuales e identidades de género, considerando que refuerzan actitudes discriminatorias.

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

 

 

 

 

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintitrés días del mes de mayo del año dos mil trece.