DECRETO 1321/10
LA PLATA, 9 de agosto de 2010.
VISTO el expediente N° 4081-216/09, por el cual la Municipalidad de Necochea modifica la Zonificación Según Usos vigente por Ordenanza N° 2005/81 para la ciudad cabecera del partido y;
CONSIDERANDO:
Que por la propuesta elevada se gestiona la convalidación provincial de la Ordenanza N° 5980/07 y su Decreto de Promulgación N° 825/07 por la que se desafecta de la zona de Uso Específico 10 (UE10) del Área Urbana, el sector comprendido por los ejes de las calles 67, 63, Avenida 10 y Avenida 2, y se crean la Zona de Uso Específico 18 (UE18) “Polideportivo Municipal”, la Zona Residencial 3 especial (R3e) y la Zona de Recuperación de Dunas;
Que la zona de Usos Específicos 10 (UE10), viene siendo utilizada por el Municipio desde el año 2002, para diversas actividades y conforma un área óptima para el uso de equipamiento comunitario, con gran potencial para el desarrollo de actividades socioculturales;
Que el sector no afectado al uso Polideportivo, constituye un área de gran potencial urbanístico para la expansión del Frente Costero de Necochea;
Que a fojas 34 la Dirección de Gestión Urbana, luego de analizar la documentación presentada, entiende que correspondería convalidar desde el punto de vista técnico urbanístico la Ordenanza N° 5980/07 del Municipio de Necochea, criterio compartido por la Dirección Provincial de Ordenamiento Urbano y Territorial y por la Subsecretaría de Urbanismo y Vivienda a fojas 35 y 36, respectivamente;
Que se expidió el Departamento de Planeamiento Estratégico a fojas 51/51vuelta, indicando que del estudio de los actuados no surgen observaciones de carácter técnico que formular, considerando que la propuesta se encuentra avalada por el Municipio, responsable primario del ordenamiento territorial, y por la Dirección de Gestión Urbana, por lo que correspondería propiciar la aprobación por parte del Poder Ejecutivo, criterio compartido por la Dirección Provincial de Desarrollo Regional a fojas 52;
Que ha tomado intervención Asesoría General de Gobierno a fojas 53/53 vuelta;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 83 del Decreto-Ley N° 8912/77 (TO por Decreto N° 3389/87) y modificatorios;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Convalidar la propuesta presentada por la Municipalidad de Necochea por la que se modifica la Zonificación Según Usos vigente para la ciudad cabecera del partido, instrumentada mediante Ordenanza N° 5980/07 y su Decreto de Promulgación N° 825/07 que como Anexo Único, compuesto de siete fojas útiles, forman parte del presente, bajo la exclusiva responsabilidad de los organismos técnicos intervinientes.
ARTÍCULO 2°. Dejar establecido que en materia de infraestructura, servicios y equipamiento comunitario deberá darse cumplimiento a lo regulado por los artículos 56, 62 y 63 del Decreto-Ley N° 8912/77 (TO por Decreto N° 3389/87), y modificatorios en el momento de aprobarse el plano de subdivisión y/o materialización de uso.
ARTÍCULO 3°. El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.
ARTÍCULO 4°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Pasar al Ministerio de Gobierno. Cumplido archivar.