DECRETO 2535/94

 

La Plata, 5 de septiembre de 1994.

 

Visto el presente expediente Nº 2207-1941/94 por el que la Municipalidad de Avellaneda eleva la Ordenanza nº 9320/94 mediante la que se desafecta un inmueble, como área verde de uso público, afectando, como consecuencia de ello, otra parcela para reserva y área verde de uso público; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la propuesta elevada constituye una sectorización de un proyecto de mayor escala, que viene gestionándose desde 1987, referido a transferencias de tierras pertenecientes al ex Mercado de Lanares;

 

Que el artículo 60 del Decreto-Ley 8912/77 impide expresamente modificar el destino de áreas verdes y libres públicas, salvo el supuesto de permuta por otro predio de características similares;

 

Por ello, de conformidad con el artículo 83 del Decreto-Ley 8912/77 (T.O. 1987), lo dictaminado por la Asesoría General de Gobierno a fojas 139 y la vista conferida al señor Fiscal de Estado a fs. 221/221 vta;

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la propuesta elevada por la Municipalidad de Avellaneda por la que se modifica la Zonificación según usos conforme Ordenanza Nº 9320/94; Anexo I-II y III de la Ordenanza Nº 9348/48 obrantes a fojas 9, 10, 67/74 – 112/119, 122 y 123 del expediente nº 2207-1941/94 y forma parte integrante del presente Decreto.

 

ARTÍCULO 2º.- El Municipio deberá efectuar las compensaciones previstas en el artículo 60 del Decreto-Ley 8912/77, en un plazo no menor de UN (1) año, y las someterá a la aprobación de los organismos provinciales correspondientes.

 

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno y Justicia y de Obras y Servicios Públicos.

 

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, notifíquese al señor Fiscal de Estado, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase a la Subsecretaría de Asuntos Municipales, a sus efectos. 

 

NOTA: El Anexo puede ser consultado en nuestro sitio web en su versión PDF.