DECRETO 2349/03

 

La Plata, 4 diciembre 2003

 

VISTO lo actuado en el expediente 2.100-26.870/03 por el que tramita la promulgación de un proyecto de ley sancionado por la Honorable Legislatura en fecha 13 de noviembre del corriente año, mediante el cual se sustituyen los artículos 74 y 80 inciso a) de la Ley 10.579, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que dicha norma establece que los ascensos con carácter titular constituyen la promoción de un cargo superior, siendo que lo correcto es a un cargo superior,

 

Que la inexactitud planteada, no obstante tratarse de una cuestión semántica, altera el sentido del instituto que se regula;


Que la objeción que se efectúa, no va en detrimento del espíritu, unidad y sistematicidad jurídica, del proyecto en análisis;


Que en virtud de lo precedentemente expuesto, conforme a fundamentos de mérito y constitucionalidad y sin que ello resulte óbice para la aplicación del texto que por otra parte se aprueba, deviene ineludible ejercer la facultad conferida por los artículos: 108 y 144 inciso 2º de la Constitución Provincial.


Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES

DECRETA:

 

Art. 1º.- Obsérvase en el artículo 1º del proyecto de ley sancionado por la Honorable legislatura, con fecha trece de noviembre del corriente año la expresión “constituyen la promoción de un cargo superior con estabilidad y”

 

Art. 2º.- Promúlgase el texto aprobado por la Honorable legislatura, con excepción de la objeción dispuesta en el artículo anterior.

 

Art. 3º.- Comuníquese a la Honorable Legislatura.

 

Art. 4º.- Este Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.

 

Art. 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archivese.

 

SOLA
F.C.Scarabino