LEY 463
Extendiendo el plazo acordado por Ley 435, sobre venta de tierras públicas al Ferrocarril Oeste y conversión de papel moneda.
EL SENADO Y CÁMARA DE REPRESENTANTES, ETC.
ARTÍCULO 1.- La prórroga concedida por la Ley de 11 de Mayo último, se extenderá hasta el 1º de Julio del año entrante, cumpliéndose con lo demás de la expresada Ley.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.