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Fundamentos de la Ley 10412
HONORABLE SENADO:
Hasta hace unos años podíamos observar todavía en la isla Martín García la celda donde fuera recluido el primer presidente de los argentinos elegido directamente por la voluntad popular. Su acción, su pensamiento y su trayectoria han trascendido a su persona, como a su tiempo, proyectándose, esta figura singular, como un ejemplo de hombre público para las generaciones presentes y futuras. Manos anónimas han destruido la mencionada celda que recordaba un hito en la historia nacional, pensando, quizás, que podían borrar una etapa histórica en la vida de nuestro país mediante ese deplorable medio. La reconstrucción de la misma y la declaración de lugar histórico provincial a dicho sitio tiene el sentido reivindicativo hacia aquel que, precisamente, desterrado por los golpistas del año 30 fue allí confinado, como una forma de agraviar su condición humana, creyendo que en ese lugar y en esas condiciones podrían doblegar su pensamiento. Y fue allí, sin embargo, donde escribió, en precario estado de salud, sus memorias a la Corte Suprema, que constituyen un clásico de la literatura política en defensa de las instituciones y de la democracia.
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