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Fundamentos de la Ley 10308
HONORABLE LEGISLATURA:
Se remite a consideración de Vuestra Honorabilidad el presente proyecto de ley por el que se propicia la modificación del artículo 1 del Decreto-Ley 9.505/80, prorrogando por cinco (5) años el plazo que estableciera el mismo, cuyo vencimiento acaeciera el corriente año. La norma mencionada, de fecha 3 de marzo de 1980
ampliaba por cinco (5) años el plazo fijado por el Decreto-Ley 9.023/78 que
autorizaba por el término de dos (2) años a la Policía de la Provincia a
efectuar obras de construcción, ampliación, reparación o mantenimiento de
edificios policiales hasta El proyecto que se remite a Vuestra Honorabilidad, posibilitará que la institución policial cuente con una infraestructura adecuada a sus necesidades actuales, como así también, encarar las obras de refacción de las dependencias policiales, con la prontitud y envergadura que se considere indispensable de acuerdo a su importancia, protegiendo de este modo el eficaz cumplimiento de la función policial. En atención a lo expuesto precedentemente, el Superior Gobierno de la Provincia, propone la ampliación del plazo dispuesto por el artículo 1 del Decreto-Ley 9.505/80.
Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.
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