DECRETO – LEY 8802/77

 

LA PLATA, 15 de JUNIO de 1977.

 

VISTO lo actuado en el expediente número 4099-79/75 y la au­torización otorgada por Resolución número 792/77 del señor Minis­tro del Interior, en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Derógase el Decreto – Ley 3982/57.

 

ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.