DECRETO 12-2022

LA PLATA, 8 de Enero de 2022

VISTO el expediente N° EX-2021-34127840-GDEBA-DALSGG, correspondiente a las actuaciones legislativas D-4839/21-22, y

CONSIDERANDO:

Que por el referido expediente tramita la promulgación de un Proyecto de Ley, sancionado por la Honorable Legislatura el 28 de diciembre de 2021, a través del cual se propicia modificar la Ley N° 13.834 y modificatorias, que regula la figura del Defensor del Pueblo, creado por el artículo 55 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Que se han expedido favorablemente los Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y de Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que ha tomado intervención en razón de su competencia Asesoría General de Gobierno;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 108 y 144 inciso 2° de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Promulgar la Ley N° 15.314, sancionada por la Legislatura el 28 de diciembre de 2021, que como Anexo Único (IF-2022-00346909-GDEBA-DROFISGG) forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Justicia y Derechos Humanos y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Julio Cesar Alak, Ministro; E/E Pablo Julio Lopez, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador