DECRETO 1390/2025

LA PLATA, 22 de Junio de 2025

VISTO el expediente EX-2025-10484745-GDEBA-DSTAJAGGP de Jefatura de Asesores del Gobernador, mediante el cual se propicia la aprobación del Convenio suscripto entre la Provincia de Buenos Aires y el Consejo Federal de Inversiones (CFI), y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 804/21 se creó la Jefatura de Asesores del Gobernador y por Decreto N° 126/23 B fue ratificada su continuidad;

Que por Decreto N° 4/24 se modificó su estructura orgánico-funcional, encomendando a la Subsecretaría de Priorización y Seguimiento Económico y Productivo, coordinar y supervisar las actividades de la unidad de enlace con el Consejo Federal de Inversiones (CFI);

Que, de acuerdo con la Ley N° 15.477, el Decreto N° 54/20 y su modificatorio, corresponde al Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, a través de la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación, entender en todo lo concerniente al diseño e implementación de políticas para el fortalecimiento y promoción del conocimiento científico, tecnológico, de innovación y su transferencia;

Que el CFI es un organismo público interestadual, fundado el 29 de agosto de 1959 tras un acuerdo entre las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el propósito de promover el desarrollo armónico e integral del país para lograr condiciones favorables de bienestar social, sobre la base de las posibilidades económicas de cada región;

Que por Decreto-Ley N° 825/63 y por Decreto N° 136/84 -ratificado por Ley N° 10.144- la provincia de Buenos Aires ratificó el Convenio de creación del CFI;

Que con fecha 11 de mayo de 2021 se realizó la XVIII Asamblea Extraordinaria del CFI en la cual el máximo órgano de conducción del organismo dio aprobación a la denominada Agenda CFI 2025, la cual contiene como eje de acción -entre otros-, el fortalecimiento de las economías provinciales a través de la inserción en el plano internacional, el impulso a las exportaciones, la transformación digital y la inclusión financiera de PyMEs y MIPyMES de los sectores productivos;

Que en ese marco, se celebró un Convenio entre el Gobierno de la provincia de Buenos Aires y el CFI para llevar adelante acciones coordinadas de apoyo y fortalecimiento al sector tecnológico y científico con impacto en pymes y cooperativas industriales de la provincia, a través de la ejecución de proyectos de ciencia, tecnología e innovación que permitan atender desafíos planteados por organizaciones productivas, que propendan al desarrollo y fortalecimiento del entramado socioproductivo del territorio bonaerense;

Que, a través de dicho convenio, el CFI transferirá a la Provincia fondos destinados a financiar proyectos de desarrollo científico-tecnológico a ser ejecutados con la intervención de las Universidades Nacionales y organismos públicos de Ciencia y Tecnología, que tengan como meta fortalecer las capacidades y mejorar la competitividad del sector productivo de la provincia de Buenos Aires;

Que el referido convenio fue promovido con el objetivo de contribuir al fortalecimiento de las capacidades de los actores del sistema científico-tecnológico provincial para el desarrollo de soluciones tecnológicas a medida que permitan el abordaje y resolución de demandas tecnológicas concretas, a los fines de propender al desarrollo y mejora del tejido social y productivo del territorio bonaerense, de conformidad con los lineamientos y alcances del Fondo de Innovación Tecnológica de Buenos Aires, creado a través del Decreto N° 840/21;

Que, atento las facultades conferidas por la Ley N° 15.477, por el Decreto N° 54/20 y sus modificatorios, corresponde facultar al Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica como cartera responsable de la ejecución de las acciones previstas para el cumplimiento del objeto del convenio referido, a celebrar las actas complementarias, convenios específicos, emitir los documentos y dictar los actos administrativos necesarios para el efectivo cumplimiento del mismo;

Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos, dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica de la Secretaria General, la Dirección Provincial de Presupuesto Público, la Subsecretaría de Hacienda y la Subsecretaría de Finanzas, todas dependientes del Ministerio de Economía;

Que se han expedido favorablemente Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 11 de la Ley N° 15.477 y 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Aprobar el Convenio celebrado el día 21 de mayo de 2025 entre la Provincia de Buenos Aires y el Consejo Federal de Inversiones (CFI) que, como Anexo Único (CONVE-2025-18346357- GDEBA-DROYCASGG) forma parte integrante del presente.

ARTÍCULO 2°. Facultar al Ministro Secretario en el Departamento de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica a celebrar las actas complementarias, convenios específicos, emitir los documentos y dictar los actos administrativos necesarios para el efectivo cumplimiento del convenio celebrado.

ARTÍCULO 3°. En los sucesivos actos, acuerdos, protocolos y adendas que se suscriban como consecuencia del convenio aprobado por el artículo precedente deberán tomar intervención, con carácter previo a su suscripción, los Organismos de Asesoramiento y Control, cuando corresponda de acuerdo con sus leyes orgánicas.

ARTÍCULO 4°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica y de Gobierno.

ARTÍCULO 5°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Augusto Eduardo Costa, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro;  AXEL KICILLOF, Gobernador