DECRETO 2197/2025

LA PLATA, 2 de Septiembre de 2025

VISTO el expediente EX-2025-25949425-GDEBA-DDPRYMGEMSGP, mediante el cual se propicia establecer una asignación en concepto de viático electoral diario destinada al personal policial del Ministerio de Seguridad que resulte afectado al dispositivo de seguridad y custodia con motivo de las elecciones generales provinciales convocadas para el día 7 de septiembre de 2025, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 639/25 se convocó al electorado de la provincia de Buenos Aires a elecciones generales provinciales para el día 7 de septiembre de 2025;

Que, en el marco del citado proceso electoral, se dictó el Decreto N° 1097/25, mediante el cual se constituyó el Comando Electoral Provincial con el fin de garantizar la seguridad del acto comicial en todas sus etapas y coordinar las actividades logísticas y operativas necesarias para su desarrollo;

Que el artículo 4° del citado decreto establece expresamente que el Ministerio de Seguridad deberá subordinar el personal y material necesario, desde el comienzo de la actividad preelectoral y hasta la finalización del escrutinio definitivo, en coordinación con el/la directora/a del Comando Electoral Provincial;

Que, en cumplimiento de dicho mandato, resulta indispensable la movilización de personal policial del Ministerio de Seguridad, para la ejecución de tareas específicas vinculadas con la custodia de locales de votación, la vigilancia de sedes destinadas al procesamiento de datos y al escrutinio, la custodia de urnas y documentación electoral y el acompañamiento de los desplazamientos logísticos vinculados al acto comicial;

Que tales tareas exceden las funciones ordinarias y habituales del personal, por implicar una prestación de servicios en días inhábiles y con una carga horaria intensificada, directamente vinculada al resguardo del proceso democrático y del derecho al sufragio;

Que, por consiguiente, corresponde reconocer una asignación diaria en concepto de viático a favor del personal efectivamente comisionado en el marco del operativo electoral;

Que se han expedido la Dirección General, Técnica y Legal dependiente de la Subsecretaría Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Seguridad, la Dirección Provincial de Personal, la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, todas de la Secretaría General, la Dirección Provincial de Economía Laboral del Sector Público, la Dirección Provincial de Presupuesto Público, la Subsecretaría de Hacienda, la Subsecretaría de Coordinación Económica y Estadística y la Subsecretaría Técnica, Administrativa y Legal, todas ellas dependientes del Ministerio de Economía;

Que han tomado intervención la Asesoría General de Gobierno, la Contaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado;

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 144 – proemio– de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Establecer una suma diaria de pesos setenta y cinco mil ($75.000), en concepto de viático electoral, para el personal policial dependiente del Ministerio de Seguridad, sin distinción de jerarquía ni escalafón, que preste servicios efectivos los días 6 y 7 de septiembre de 2025 con motivo de las elecciones generales provinciales, en tareas vinculadas a la preservación de la seguridad integral del acto eleccionario, incluyendo la vigilancia de locales de votación, el resguardo del orden público, la custodia de urnas y documentación electoral, y el acompañamiento de los operativos de despliegue y repliegue logístico.

ARTÍCULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado a las partidas presupuestarias correspondientes al Ejercicio 2025, conforme las adecuaciones que proponga el Ministerio de Seguridad al Ministerio de Economía.

ARTÍCULO 3°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Seguridad, Economía y Gobierno.

ARTÍCULO 4°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Eduardo Javier Alonso, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador