DEROGADO POR DECRETO 3977/08
DEPARTAMENTO DE JEFATURA DE
GABINETE Y GOBIERNO
Decreto 13
La Plata, 4 de enero de 2008.
VISTO el Expediente Nº 2100-30316/07, por el cual se tramita la aprobación de la estructura orgánico-funcional de la Secretaría de Turismo, y las previsiones del artículo 30 de la Ley de Ministerios Nº 13.757, y
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría de Turismo tiene a su cargo la promoción, asistencia,
fiscalización y ejecución de planes vinculados con las actividades turísticas y
recreativas, en todas sus expresiones;
Que el desarrollo sustentable del turismo en la Provincia
de Buenos Aires conllevará al fortalecimiento de los destinos turísticos, a la
mejora de la calidad de las prestaciones de servicios turísticos, a la
inserción de la Provincia en el mercado de los viajes y turismo mundial,
produciendo efectos positivos en materia de empleo, calidad de vida e
incremento de la actividad productiva de los municipios involucrados;
Que la posibilidad de disfrute del tiempo libre es un
derecho fundamental de los habitantes de la Provincia de Buenos Aires y que
este derecho debe ser ejercido por todos por igual, debiendo existir
oportunidades de recreación y turismo acordes a cada grupo social;
Que para el cumplimiento de las competencias otorgadas por
la citada Ley de Ministerios, resulta procedente la aprobación de unidades
organizativas acordes a los lineamientos establecidos por el Poder Ejecutivo;
Que la creación de la Secretaría de Turismo por la Ley Nº
13.757, y el cúmulo y especificidad de competencias a ella atribuidas, amerita
flexibilizar los lineamientos dispuestos por el Decreto Nº 1322/05 en lo que
respecta a la diagramación de su estructura;
Que habiendo tomado intervención y expedido favorablemente
la Subsecretaría de la Gestión Pública dependiente de la Secretaría General de
la Gobernación, el Ministerio de Economía y la Asesoría General de Gobierno,
corresponde que se dicte el pertinente acto administrativo;
Que el artículo 144 - proemio- de la Constitución de la
Provincia de Buenos Aires faculta al Poder Ejecutivo como Jefe de la
Administración a proveer a la estructura de sus jurisdicciones;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
DECRETA:
Artículo 1º. Aprobar a partir del 11 de diciembre de 2007, la estructura orgánico-funcional de la Secretaría de Turismo, de acuerdo al organigrama, y acciones que como Anexos, 1, 1a; 1b; 1c y 2 forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2º. Determinar para la estructura organizativa
aprobada en el artículo precedente, los siguientes cargos: UN (1) Subsecretario
de Políticas Turísticas; UN (1) Subsecretario de Turismo Social y Comunitario;
UN (1) Director Provincial de Promoción Turística; UN (1) Director Provincial
de Desarrollo y Calidad Turística; UN (1) Responsable de la Oficina
Delegaciones Turísticas, con rango y remuneración equivalente a Director
Provincial; UN (1) Director Provincial de Turismo Social; UN (1) Director
Provincial de Turismo Comunitario; UN (1) Director General de Administración;
Un (1) Director de Promoción y Mercadotecnia; UN (1) Director de Diseño y
Comunicación; UN (1) Director de Planeamiento Estratégico; UN (1) Director de
Calidad Turística; UN (1) Director de Registros y Fiscalización Turística; UN
(1) Director Coordinación Delegaciones Turísticas; UN (1) Director Operativo;
UN (1) Responsable de la Unidad de Prensa, con rango y remuneración equivalente
a Director; UN (1) Director de Contabilidad y Servicios Auxiliares; UN (1)
Director de Servicios Técnico-Administrativos y Jurídicos; UN (1) Delegado de
la Dirección Provincial de Personal, con rango y remuneración equivalente a
Director; UN (1) Jefe de Departamento Acciones Promocionales; UN (1) Jefe
Departamento Información Turística; UN (1) Jefe Departamento Diseño; UN (1)
Jefe Departamento Comunicación y Contenidos; UN (1) Jefe Departamento
Planeamiento Turístico; Un (1) Jefe Departamento Inversiones Turísticas; UN (1)
Jefe Departamento Estadísticas Turísticas; UN (1) Jefe Departamento Calidad
Turística; UN (1) Jefe Departamento Capacitación Turística; UN (1) Jefe
Departamento Registro y Fiscalización de Prestadores Turísticos; UN (1) Jefe
Departamento Actuaciones; UN (1) Jefe Departamento Administración Unidades
Fiscales; UN (1) Jefe Departamento Delegaciones Turísticas; UN (1) Jefe Departamento
Turismo Social; UN (1) Jefe Departamento Turismo Accesible; UN (1) Jefe
Departamento Tesorería; UN (1) Jefe Departamento Contable y Rendición de
Cuentas; UN (1) Jefe Departamento Liquidación de Haberes y Otras Erogaciones;
UN (1) Jefe Departamento Presupuesto y Servicios Auxiliares; UN (1) Jefe
Departamento Compras, Contrataciones, Suministros y Registro Patrimonial; UN
(1) Jefe Departamento Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo; UN (1) Jefe
Departamento Despacho y Protocolización; UN (1) Jefe Departamento Informática y
Gestión Tecnológica; UN (1) Jefe Departamento Asesoramiento Jurídico; UN (1)
Jefe Departamento Legajos y Control de Asistencia; UN (1) Jefe Departamento
Estructuras, Planteles Básicos, Capacitación e Higiene y Medicina Laboral;
conforme a los cargos vigentes que rigen para la Administración Pública
Provincial, Ley 10.430.
Artículo 3°. Dentro del plazo de noventa (90) días
hábiles, a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial del
presente, el titular de la Secretaría de Turismo deberá arbitrar los medios
necesarios para la elaboración de las plantas de personal innominadas y
nominadas, con sujeción a la estructura organizativa aprobada por los artículos
precedentes, previa intervención de los organismos y dependencias competentes.
Artículo 4°. Transferir a la órbita de la Secretaría de
Turismo las plantas de personal, créditos presupuestarios, recursos económicos,
financieros y materiales, oportunamente aprobadas para la Dirección Provincial
de Turismo de la ex-Secretaría de Turismo y Deporte, con sujeción a la
estructura organizativa aprobada por los artículos precedentes y previa
intervención de los organismos y dependencias competentes.
Artículo 5°. Limitar las designaciones del personal de la
estructura organizativa de la Secretaría de Turismo, cuyas funciones no se
correspondan con las unidades orgánicas que se aprueban en el presente decreto.
A esos fines, y en relación con el personal con estabilidad, la limitación que
se dispone deberá ajustarse al régimen estatutario que resulte aplicable.
Artículo 6°. La Secretaría de Turismo propondrá al
Ministerio de Economía las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar
cumplimiento al presente acto administrativo, las que deberán ajustarse a las
previsiones del ejercicio presupuestario vigente.
Artículo 7°. Exceptuar del cumplimiento de lo dispuesto en
el Decreto Nº 1322/05 la estructura orgánico - funcional que se aprueba en el
presente Decreto.
Artículo 8º. El presente decreto es refrendado por los
Ministros Secretarios en los Departamentos de Jefatura de Gabinete y Gobierno y
de Economía.
Artículo 9°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Alberto Pérez |
Daniel Osvaldo Scioli |
Ministro de Jefatura de |
Gobernador |
Gabinete y Gobierno |
|
Rafael Perelmiter
Ministro de Economía
ANEXO I
ANEXO Ia
ANEXO Ib
ANEXO Ic
ANEXO II
SECRETARIA DE
TURISMO
SUBSECRETARIA DE POLITICAS TURISTICAS
ACCIONES
1. Formular y conducir la política turística como activadora de desarrollo
socio-económico, cultural, estratégico, local y regional de la Provincia.
2. Promover el desarrollo de un turismo sustentable y de calidad preservando el
equilibrio ecológico y social de los recursos turísticos.
3. Promover formas alternativas de turismo, impulsando el turismo no
convencional.
4. Acordar con otros organismos mecanismos para fomentar la conservación,
protección y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos naturales
y culturales de la Provincia.
5. Promover la coordinación e integración normativa de los diferentes
organismos provinciales y municipales relacionados directa e indirectamente con
la actividad turística facilitando el desarrollo armónico de las políticas
turísticas provinciales.
6. Promover la descentralización turística a través de la creación de zonas,
corredores, consorcios turísticos, circuitos, rutas y áreas de recreación, con
los Municipios.
7. Estimular la inversión de capitales locales, nacionales e internacionales.
8. Promover la creación de un banco de proyectos de inversión para
emprendimientos del sector.
9. Promover acciones tendientes a instaurar incentivos que favorezcan la
radicación de capitales en la Provincia.
10. Promover un sistema especial de créditos que contribuya al desarrollo del
turismo.
11. Administrar las Unidades Fiscales Provinciales relacionadas con la
actividad turística.
12. Velar por el cumplimiento de los procedimientos administrativos propios de
las unidades fiscales provinciales relacionadas con la actividad turística.
13. Formular y ejecutar las actividades de difusión y promoción turística de la
Provincia en el país y en el exterior.
14. Elaborar el Plan Anual de Acciones Promocionales, programando y organizando
toda actividad destinada a la promoción turística y participando en aquéllas
promovidas por otros entes públicos o privados, provinciales, nacionales e
internacionales.
15. Crear y administrar el Sistema de Información Turística Provincial
electrónico.
16. Mantener actualizado el Registro de Prestadores de Servicios Turísticos de
la Provincia de Buenos Aires en los términos señalados por las leyes vigentes.
17. Elaborar las Declaraciones de Interés Turístico Provincial, o de Fiesta
Provincial, en relación a las actividades relacionadas con lugares y
acontecimientos turísticos.
18. Promover la calidad de los destinos, productos, recursos, servicios y
empresas turísticas en la Provincia.
19. Implementar estándares de calidad internacionalmente competitivos para el
desarrollo de la oferta en el marco de los planes establecidos.
20. Actuar en representación de la Provincia ante el Consejo Federal de
Turismo, o ante cualquier otra modalidad de interacción.
21. Celebrar convenios de colaboración y reciprocidad con Organismos Públicos y
Privados.
22. Diseñar e implementar estrategias de capacitación de los recursos humanos
del sector.
23. Coordinar con la Secretaría de Turismo de la Nación la ejecución de
acciones y programas tendientes a la correcta difusión y promoción de los
recursos y atractivos de la Provincia.
24. Coordinar con la Administración de Punta Mogotes las acciones de gestión
turística que atañen a su competencia.
SUBSECRETARIA DE
POLITICAS TURISTICAS
DIRECCION PROVINCIAL DE PROMOCION TURISTICA
ACCIONES
1. Definir las estrategias de diferenciación y posicionamiento de la Provincia
en el mercado turístico nacional e internacional.
2. Elaborar el Plan Anual de Acciones Promocionales a desarrollar en el ámbito
provincial, nacional e internacional.
3. Proyectar y ejecutar campañas de promoción orientadas a incrementar la
corriente de turistas nacionales y extranjeros hacia el interior de la
Provincia.
4. Dirigir las actividades encaminadas a diseñar e integrar la formación
publicitaria e informativa.
5. Coordinar las acciones de participación en bolsas, ferias, exposiciones y
demás actividades y acciones que promuevan la imagen y su oferta turística.
6. Establecer un sistema de comunicación con los integrantes del sector
turístico nacional e internacional para fines promocionales y brindar
facilidades a grupos de visitantes, así como a medios de comunicación y
operadores turísticos.
7. Determinar los lineamientos para la evaluación y medición del impacto que
produzcan en el país y en el extranjero los programas de promoción y publicidad
turística.
8. Actualizar el banco de imágenes fotográficas y audiovisuales de los
atractivos turísticos.
9. Coordinar las tareas de diseño, comunicación y contenidos editoriales
tendientes a reforzar las acciones de difusión.
10. Crear el Sistema de Información Turística Provincial electrónico.
11. Administrar el sistema informático de comunicación e información turística.
12. Asistir a los destinos turísticos en materia de diseño, comunicación y
difusión de sus atractivos y servicios turísticos, así como promover las
estrategias de posicionamiento de sus recursos.
13. Gestionar la realización, programación, colaboración y contribución
económica para la participación en congresos, exposiciones, ferias, bolsas,
eventos especiales, encuentros de comercialización y cualquier otro tipo de
reunión, tanto en el país como en el exterior.
DIRECCION
PROVINCIAL DE PROMOCION TURISTICA
DIRECCION DE PROMOCION Y MERCADOTECNIA
ACCIONES
1. Diseñar y asegurar la correcta implementación de programas de acción y actuación
a fin de promocionar los servicios, recursos, atractivos y patrimonio turístico
de la Provincia.
2. Elaborar y difundir el Calendario Turístico Anual.
3. Diseñar el calendario de participación en ferias, bolsas, exposiciones y
congresos destinados a la promoción turística tanto en el país como en el
exterior.
4. Crear un Sistema de Información Turística Provincial electrónico que
responda a las necesidades que requiere la demanda.
5. Administrar el sistema informático de comunicación e información turística.
6. Instrumentar los lineamientos para la medición integral de las acciones o
campañas de promoción, así como su impacto.
7. Llevar a cabo la evaluación de la ejecución de las políticas de promoción y
mercadotecnia turística, sus objetivos, metas y estrategias.
8. Coordinar con otros organismos provinciales la participación de la
Secretaría en ferias, exposiciones, misiones comerciales, congresos y eventos
que se celebren en el país y en el extranjero, con el propósito de difundir los
atractivos y servicios turísticos con los que cuenta la Provincia.
9. Proponer acciones de promoción y publicidad para el desarrollo de regiones,
corredores y consorcios turísticos, basadas en estudios e investigaciones; así
como recomendar aquellas acciones que permitan identificar las zonas
potencialmente explotables.
10. Instrumentar los proyectos y acciones relativos a la aplicación de
políticas de promoción y mercadotecnia turística, tendientes a fomentar, junto
con las autoridades competentes, los destinos turísticos de la Provincia.
11. Preparar, cuando así se requiera, el apoyo a los gobiernos municipales en
el diseño de sus programas promocionales de turismo; buscando la afinidad de
éstos con las directrices definidas a nivel provincial en materia de promoción.
DIRECCION
PROVINCIAL DE PROMOCION TURISTICA
DIRECCION DE PROMOCION Y MERCADOTECNIA
DEPARTAMENTO ACCIONES PROMOCIONALES
ACCIONES
1. Elaborar y ejecutar la programación anual de promoción y difusión de los
recursos y destinos turísticos de la provincia de Buenos Aires.
2. Relevar las necesidades de material promocional en función de las acciones
previstas y administrar el stock de material.
3. Sustanciar las Declaraciones de Interés Turístico Provincial.
4. Relevar periódicamente en el ámbito provincial, nacional e internacional las
ferias, encuentros comerciales, rondas de negocios, congresos y todo otro tipo
de evento relacionado con el turismo y actividades culturales y productivas
afines.
5. Asistir a las administraciones municipales en el diseño de programas de
promoción y mercadotecnia local.
6. Evaluar el impacto de las acciones promocionales de planes y programas de
promoción y mercadotecnia.
7. Coordinar con organismos nacionales y provinciales acciones integradas de
difusión y promoción en medios de comunicación, nacionales e internacionales.
8. Aplicar las nuevas tecnologías de información turística a las acciones de
promoción, difusión e información.
DIRECCION
PROVINCIAL DE PROMOCION TURISTICA
DIRECCION DE PROMOCION Y MERCADOTECNIA
DEPARTAMENTO INFORMACION TURISTICA
ACCIONES
1. Diseñar y administrar el Sistema de Información Turística electrónico, en
congruencia con las directrices emanadas de la Dirección Provincial de
Informática.
2. Administrar la base de datos turísticos.
3. Relevar, procesar y clasificar en forma sistemática información de destinos
y actividades turísticas en el territorio de la Provincia.
4. Instrumentar el sistema de almacenamiento, recupero y distribución de la
información turística.
5. Distribuir la información a los centros y oficinas de información turística.
6. Organizar el servicio de información turística de la Provincia, en ferias,
exposiciones y demás eventos en el ámbito provincial, nacional e internacional.
7. Elaborar y brindar la información turística a Organismos o Instituciones en
el orden nacional, provincial y/o municipal, como así también, al público en
general.
DIRECCION
PROVINCIAL DE PROMOCION TURISTICA
DIRECCION DE DISEÑO Y COMUNICACION
ACCIONES
1. Definir el diseño y producción del material promocional e informativo de
carácter turístico que se elabore en la Secretaría y que resulte necesario para
la realización de campañas publicitarias.
2. Elaborar los contenidos editoriales y conceptos de comunicación para los
materiales de difusión y folletería turística de la Secretaría.
3. Brindar asistencia técnica a los gobiernos municipales en el diseño y
comunicación de materiales de difusión, folletería y piezas de promoción
turística.
4. Proponer al área pertinente del Gobierno el formato, contenidos e imagen de
la comunicación electrónica.
5. Habilitar y controlar la carga de contenidos e imágenes a la Web oficial de
la Secretaría.
6. Mantener el correcto funcionamiento de la información instalada en la página
Web oficial de la Secretaría.
7. Actualizar en forma periódica los contenidos y eventos de promoción
provenientes de los destinos provinciales.
8. Definir diseños expositivos de módulos y stands para la participación de la
Secretaría en ferias, congresos, exposiciones y eventos especiales de acuerdo a
criterios de imagen y comunicación turística definidos.
9. Asistir técnicamente a los destinos provinciales, cuando así lo requieran,
para la participación en ferias, congresos, exposiciones y eventos especiales
de acuerdo a las políticas de promoción provincial.
10. Actualizar un banco de imágenes fotográficas y audiovisuales de los
atractivos turísticos, nuevos destinos y productos.
DIRECCION
PROVINCIAL DE PROMOCION TURISTICA
DIRECCION DE DISEÑO Y COMUNICACION
DEPARTAMENTO DISEÑO
ACCIONES
1. Atender los requerimientos de las diferentes áreas de la Secretaría de
Turismo en materia de diseño gráfico publicitario, expositivo, editorial, web y
multimedia.
2. Asistir a los municipios en la resolución de necesidades de comunicación
gráfica y audiovisual en materia de turismo.
3. Realizar y dar a publicidad investigaciones referidas al diseño gráfico y la
comunicación visual aplicadas al turismo.
4. Realizar relevamientos fotográficos y audiovisuales de destinos, atractivos
y actividades turísticas para integrar el Banco de Imágenes Audiovisuales.
5. Coordinar la administración de un banco de documentación visual y archivo
gráfico.
6. Coordinar y compatibilizar con empresas publicitarias y de diseño y armado
de exposiciones los requerimientos de diseño pertinentes.
DIRECCION
PROVINCIAL DE PROMOCION TURISTICA
DIRECCION DE DISEÑO Y COMUNICACION
DEPARTAMENTO COMUNICACION Y CONTENIDOS
ACCIONES
1. Elaborar el programa anual de comunicación en función de los lineamientos
determinados por el Plan Anual de Acciones Promocionales.
2. Determinar las estructuras y contenidos de los mensajes comunicacionales de
acuerdo a los destinatarios determinados por el programa de promoción y
mercadotecnia.
3. Elaborar los contenidos de los mensajes promocionales.
4. Investigar y analizar estrategias comunicacionales del mercado turístico
global.
5. Llevar y mantener actualizado una base de datos de medios, contenidos y
mensajes publicados.
6. Generar información cuantitativa y cualitativa sobre la producción
provincial, nacional e internacional de mensajes comunicacionales e
informativos de destinos, productos, atractivos y actividades turísticas.
7. Evaluar el cumplimiento de las acciones comunicacionales realizadas.
SUBSECRETARIA DE POLITICAS TURISTICAS
DIRECCION PROVINCIAL DE DESARROLLO Y CALIDAD TURISTICA
ACCIONES
1. Elaborar, gestionar y controlar planes, programas y proyectos para el
ordenamiento y desarrollo sustentable de la oferta turística existente, así
como también el diseño de nuevos productos turísticos.
2. Formular las estrategias tendientes a la mejora de la calidad de las
prestaciones turísticas, estableciendo y controlando estándares de calidad en
el marco del desarrollo sustentable del sector.
3. Diseñar y asegurar la correcta implementación de programas y proyectos de
innovación tecnológica en turismo.
4. Incentivar la inversión de capitales nacionales y extranjeros a través de
emprendimientos turísticos a realizar por la actividad pública y privada.
5. Dirigir los procesos técnico-administrativos tendientes al diseño de acciones
destinadas a la ejecución de estudios y análisis de mercado en materia
turística, y a la obtención de información estadística en la materia.
6. Ordenar y proponer normas sobre la actividad de los prestadores turísticos
en el ámbito provincial, a fin de alcanzar los estándares de calidad
requeribles conforme las exigencias del mercado turístico.
7. Implementar estrategias de capacitación de los recursos humanos, procurando
la formación de los distintos actores que participan directa e indirectamente
en la actividad, en coordinación con los organismos provinciales y municipales
pertinentes, así como también con los distintos niveles de la enseñanza pública
y privada.
8. Intervenir en el registro, autorización y fiscalización de los prestadores
de servicios turísticos, y en el control del cumplimiento de las normas legales
y reglamentarias vigentes en la materia a efectos de asegurar la protección del
usuario.
9. Otorgar la categorización a los servicios turísticos de las empresas en el
ámbito provincial.
10. Promover las acciones conducentes a lograr la efectiva protección del
usuario de servicios turísticos, y atender al control de los prestadores
mediante la exigencia del cumplimiento de las normas legales vigentes.
11. Asistir a los municipios en la elaboración de sus planes y programas de
desarrollo turístico.
DIRECCION
PROVINCIAL DE DESARROLLO Y CALIDAD TURISTICA
DIRECCION DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO
ACCIONES
1. Desarrollar planes, programas y proyectos turísticos tendientes a conformar
un modelo de desarrollo turístico sustentable, coordinando acciones, pautas y
criterios con los municipios y los organismos competentes involucrados en la
materia.
2. Formular estrategias que permitan el desarrollo y otorguen valor económico
al patrimonio turístico provincial.
3. Promover la creación de instrumentos financieros para la concreción de
objetivos estratégicos referidos a la innovación y competitividad turística.
4. Promover la inversión pública en el sector turístico, articulando los
procesos de gestión con los organismos competentes en la materia.
5. Desarrollar y mantener actualizado un sistema de información de mercado con
especial atención a la implementación de investigaciones de mercado
específicas.
6. Mantener un sistema permanente de relevamiento, análisis e información de
recursos y servicios turísticos actuales y potenciales.
7. Dirigir las acciones conducentes a la captación, procesamiento y elaboración
de información estadística referida al turismo receptivo.
8. Investigar y elaborar informes de estudios sobre la problemática, evolución
y perspectivas de la economía turística provincial.
9. Impulsar el desarrollo de programas de divulgación y uso de la información
estadística turística existentes, así como el intercambio y compatibilización
de información, entre cámaras, asociaciones, instituciones educativas y
gobiernos municipales.
DIRECCION
PROVINCIAL DE DESARROLLO Y CALIDAD TURISTICA
DIRECCION DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO
DEPARTAMENTO PLANEAMIENTO TURISTICO
ACCIONES
1. Ejecutar planes de ordenamiento territorial en zonas o regiones de interés
turístico-recreativo.
2. Relevar, analizar y jerarquizar los recursos turísticos existentes en el
territorio provincial.
3. Evaluar y diseñar la integración de recursos turísticos en base a conceptos
de complementariedad, homogeneidad y heterogeneidad.
4. Monitorear la capacidad de carga y el estado de uso de los recursos
turísticos de tipo natural y cultural.
5. Relevar y evaluar el estado del equipamiento urbano de uso turístico.
6. Identificar y mensurar el estado de los recursos naturales, proponiendo las
medidas que fueren necesarias para la preservación del patrimonio.
7. Planificar acciones tendientes a brindar asistencia técnica y asesoramiento
a los municipios para la puesta en valor de los recursos.
8. Implementar nuevos productos con la finalidad de equilibrar el desarrollo
territorial y reducir la estacionalidad.
9. Elaborar y difundir entre los distintos agentes del sector turístico la
información que pueda resultar de utilidad en los distintos campos de su
actividad.
DIRECCION
PROVINCIAL DE DESARROLLO Y CALIDAD TURISTICA
DIRECCION DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO
DEPARTAMENTO INVERSIONES TURISTICAS
ACCIONES
1. Elaborar el Programa de Fomento a las Inversiones Turísticas Públicas y
Privadas de la Provincia de Buenos Aires.
2. Elaborar y difundir la Guía de Oportunidades de Inversión en la Provincia de
Buenos Aires.
3. Crear y mantener actualizado el Registro de Proyectos de Inversión Turística
Pública y Privada.
4. Detectar y relevar en forma sistemática los regímenes de incentivo a la
inversión existentes en el ámbito nacional, provincial y municipal.
5. Diseñar y proponer herramientas administrativas, jurídicas, fiscales y
tributarias que brinden sustento a las inversiones turísticas.
6. Asistir a emprendedores turísticos en la puesta en marcha de sus proyectos.
7. Asesorar a los emprendedores turísticos para el acceso a las líneas de
financiamiento público existentes.
DIRECCION
PROVINCIAL DE DESARROLLO Y CALIDAD TURISTICA
DIRECCION DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO
DEPARTAMENTO ESTADISTICAS TURISTICAS
ACCIONES
1. Desarrollar y operar un sistema de datos para las estadísticas de turismo.
2. Fomentar la creación, vinculación y coordinación con Departamentos o Areas
de Estadística de municipios, regiones y consorcios para la permanente
conciliación de las estadísticas de turismo provincial.
3. Perfeccionar y ampliar los instrumentos de medición estadística de la
actividad turística mejorando su diseño, oportunidad, frecuencia, cobertura y
confiabilidad.
4. Elaborar los datos estadísticos provinciales para la Cuenta Satélite de
Turismo.
5. Identificar y jerarquizar las necesidades de los usuarios y determinar la
integración de nuevos proyectos estadísticos.
6. Elaborar diagnósticos situacionales sobre los principales temas estadísticos
del turismo, con la finalidad de identificar requerimientos necesarios para el
perfeccionamiento de las estadísticas oficiales en la materia.
7. Propiciar la cobertura del sector turismo en los censos y encuestas en
hogares que lleve a cabo el órgano competente.
8. Impulsar en coordinación con la Dirección Provincial de Estadística el
desarrollo de esquemas metodológicos y conceptuales susceptibles de propiciar
la medición del impacto económico del turismo en el producto bruto geográfico
provincial.
9. Maximizar el aprovechamiento de las ventajas que ofrecen las tecnologías de
la información en los procesos de formación y difusión de las estadísticas de
turismo.
10. Elaborar y difundir un boletín de Estadísticas Públicas de Turismo provincial.
DIRECCION
PROVINCIAL DE DESARROLLO Y CALIDAD TURISTICA
DIRECCION CALIDAD TURISTICA
ACCIONES
1. Relevar y diagnosticar el estado de los recursos, productos, destinos y
servicios turísticos respecto de los estándares de calidad exigidos.
2. Establecer marcos de referencia y patrones de calidad generales y
particulares atendiendo a la diversidad de factores del sistema turístico
provincial.
3. Estudiar y analizar la dinámica de los factores que afectan los criterios de
calidad y la evolución de las exigencias de calidad del mercado.
4. Proyectar normas y medidas con el objeto de optimizar la calidad de los
servicios y la sustentabilidad de los recursos.
5. Elaborar y asegurar la implementación de planes y programas de asesoramiento
y asistencia a las empresas prestadoras de servicios turísticos a fin de lograr
una mejora de calidad en los mismos.
6. Diseñar procedimientos para certificación de calidad compatible con los
existentes a fin de que las empresas prestadoras de servicios puedan
adoptarlos.
7. Elaborar planes de integración y complementación con organismos públicos y
privados relacionados con la innovación, la capacitación y la calidad
turística.
8. Asegurar la capacitación, formación y actualización contínua de los recursos
humanos que componen el sector turístico provincial con el fin de promover su
profesionalización y fortalecimiento.
9. Desarrollar una red de capacitación impulsando la colaboración entre el
sector público, privado y académico.
10. Detectar y promover el diseño de productos turísticos innovadores.
DIRECCION
PROVINCIAL DE DESARROLLO Y CALIDAD TURISTICA
DIRECCION CALIDAD TURISTICA
DEPARTAMENTO CALIDAD TURISTICA
ACCIONES
1. Relevar y diagnosticar el nivel de calidad de los destinos turísticos, las
empresas de servicios y los recursos humanos empleados en turismo.
2. Establecer estándares mínimos de calidad en turismo.
3. Elaborar planes y programas de implantación y mejora de la calidad
turística.
4. Diseñar guías, directrices, pautas y manuales de procedimiento para la
gestión de la calidad turística.
5. Establecer mecanismos de implementación de herramientas de gestión de la
calidad para los destinos y actividades turísticas de la provincia.
6. Instrumentar mecanismos de consenso con todos los actores del sistema
turístico para la implementación de un Programa de Calidad Turística
Provincial.
7. Evaluar el nivel de satisfacción de los turistas respecto de los destinos y
servicios turísticos.
8. Coordinar y complementar acciones con los municipios que desarrollen
programas locales de calidad turística.
9. Gestionar acuerdos con organismos del ámbito nacional y provincial para la
implementación de acciones conjuntas que propicien la gestión de la calidad
turística.
10. Realizar estudios, publicaciones y actividades a fin de mejorar el
conocimiento sobre la calidad del sector turístico.
DIRECCION
PROVINCIAL DE DESARROLLO Y CALIDAD TURISTICA
DIRECCION CALIDAD TURISTICA
DEPARTAMENTO CAPACITACION TURISTICA
ACCIONES
1. Planificar y ejecutar programas de capacitación, especialización, actualización
y formación para los recursos humanos del sector público municipal y del sector
privado de la actividad turística de la Provincia.
2. Planificar y ejecutar programas de sensibilización para las comunidades
receptoras de los destinos turísticos sobre los beneficios sociales,
culturales, económicos y ambientales de la actividad turística.
3. Actualizar el diagnóstico de las necesidades de capacitación en turismo y
proponer las acciones, metodologías y actividades necesarias para responder a
las demandas.
4. Aplicar pautas de diseños pedagógicos a las distintas actividades de
formación y capacitación.
5. Efectuar la administración de las actividades académicas relacionadas con la
selección, perfeccionamiento, y evaluación de los docentes que participen en
los distintos programas de formación y capacitación, de acuerdo a las
directivas impartidas por la Dirección.
6. Confeccionar y mantener actualizados los registros de alumnos, docentes,
coordinadores y de las acciones de capacitación y formación.
7. Asistir y coordinar las actividades relacionadas con las acciones de
capacitación y formación que se realicen y tramitar la certificación de las
mismas.
8. Efectuar el contralor pertinente de la actividad docente y elaborar informes
para la Dirección.
9. Supervisar el diseño del material pedagógico necesario para el apoyo a las
actividades de formación y capacitación.
10. Asistir, asesorar, coordinar y supervisar las acciones de capacitación y
formación que se realicen en otros organismos públicos a nivel municipal,
provincial y nacional, instituciones académicas y asociaciones empresarias con
competencias e incumbencias específicas en el tema.
11. Diseñar metodologías y estrategias de aprendizaje mediante el empleo de
tecnología digital (educación a distancia) o informática para producir,
transmitir, distribuir y organizar el conocimiento entre las comunidades
turísticas receptoras, funcionarios públicos y prestadores de servicios
turísticos.
DIRECCION
PROVINCIAL DE DESARROLLO Y CALIDAD TURISTICA
DIRECCION DE REGISTROS Y FISCALIZACION TURISTICA
ACCIONES
1. Administrar el Registro de Prestadores Turísticos.
2. Realizar Inspecciones y Actuaciones que permitan la visualización de la
prestación de los servicios turísticos en el ámbito bonaerense.
3. Asesorar, difundir y coordinar con los actores públicos y privados del
sector el conocimiento de la norma tendiente al mejoramiento de las
prestaciones turísticas.
4. Informar a los prestadores turísticos sistemas y formas de aquellos
parámetros de servicios que posibiliten la optimización de los mismos para
satisfacción de los turistas.
5. Posibilitar la canalización de consultas y denuncias a fin de mejorar la
prestación de las actividades turísticas.
6. Establecer vínculos con los actores públicos y privados del ámbito turístico
a fin de mejorar su complementación.
7. Difundir las normas que regulan la actividad turística para lograr el mejor
conocimiento de organismos y personas públicas y privadas.
8. Dar curso a normas y medidas que tiendan al mejoramiento de los servicios
turísticos.
9. Constatar y determinar la existencia de infracciones, implementando las
acciones correctivas necesarias.
10. Administrar todas las Unidades Turísticas Fiscales que se encuentran bajo
jurisdicción de la Secretaría de Turismo.
DIRECCION
PROVINCIAL DE DESARROLLO Y CALIDAD TURISTICA
DIRECCION DE REGISTROS Y FISCALIZACION TURISTICA
DEPARTAMENTO REGISTRO Y FISCALIZACION PRESTADORES TURISTICOS
ACCIONES
1. Llevar actualizado el Registro de Prestadores de Servicios Turísticos
conforme a lo normado en la legislación vigente.
2. Realizar el contralor de las prestaciones turísticas tendiente a comprobar
el cumplimiento de la normativa provincial.
3. Determinar la categoría de los servicios turísticos estipulada por las
normas y proponer su encuadramiento.
4. Confeccionar actuaciones y proyectar actos administrativos tendientes a
brindar respuesta a consultas, denuncias, infracciones y en general a
cuestiones que deriven de las prestaciones turísticas.
5. Asesorar a organismos y personas oficiales y privados con relación a la
normativa que regulan la actividad turística.
6. Difundir y capacitar para el cumplimiento de la normativa vigente a quienes
desde la actividad pública o privada decidan participar en la actividad
turística.
7. Proponer medidas y normas que propendan a la calidad y optimización de los
servicios turísticos.
8. Coordinar con otros organismos públicos y privados la realización de
acciones y actividades que tengan por objetivo el cumplimiento de la normativa
vigente.
DIRECCION PROVINCIAL
DE DESARROLLO Y CALIDAD TURISTICA
DIRECCION DE REGISTROS Y FISCALIZACION TURISTICA
DEPARTAMENTO ACTUACIONES
ACCIONES
1. Instruir los sumarios que posibiliten la evaluación de las conductas de los
prestadores conforme las normas regulatorias de la actividad.
2. Proyectar las resoluciones derivadas de la aplicación de las normas vigentes
en jurisdicción provincial.
3. Evaluar y decidir sobre la procedencia de los recursos interpuestos frente a
resoluciones sancionatorias, dando intervención, cuando corresponda a los
Organismos pertinentes.
4. Recibir las denuncias derivadas del incumplimiento de normas vigentes.
5. Asesorar a los municipios con relación a la parte sustancial del
procedimiento, realizando reuniones informativas en los municipios o en esta
repartición.
6. Producir dictámenes ante consultas efectuadas por organismos estatales,
entidades intermedias o particulares sobre la problemática vinculada al
tratamiento de los temas que le competen.
7. Responder oficios o pedidos de informes requeridos.
8. Participar en los distintos operativos de verificación instrumentados por la
Dirección.
DIRECCION
PROVINCIAL DE DESARROLLO Y CALIDAD TURISTICA
DIRECCION DE REGISTROS Y FISCALIZACION TURISTICA
DEPARTAMENTO ADMINISTRACION UNIDADES FISCALES
ACCIONES
1. Administrar las Unidades Turísticas Fiscales que se encuentran bajo
jurisdicción de la Secretaría de Turismo.
2. Mantener actualizado el registro de antecedentes y/o documentación que hace
a la explotación.
3. Intervenir y confeccionar el pliego de bases y condiciones para el llamado a
licitación.
4. Intervenir en la adjudicación de Unidades Fiscales.
5. Determinar y controlar el pago de cánones, reajustes y otros conceptos que
provengan de las distintas adjudicaciones.
6. Llevar un registro actualizado de concesionarios y/o permisionarios.
7. Intervenir en la fiscalización de las cuestiones técnicas que resulten de su
administración.
8. Coordinar con las municipalidades la supervisión de las Unidades Fiscales
transferidas mediante convenio de administración, uso y goce.
9. Inspeccionar y verificar las Unidades Fiscales transferidas y funciones
delegadas a los Municipios por la administración, uso y goce de todas las
riberas marítimas, y fluviales.
10 Elevar a la Comisión Nacional de Museos, Monumentos y Lugares Históricos los
proyectos de intervención de los edificios declarados patrimonio nacional o
provincial.
SUBSECRETARIA DE
POLITICAS TURISTICAS
OFICINA DELEGACIONES TURISTICAS
ACCIONES
1. Actuar con carácter de delegación oficial de la Secretaría de Turismo en las
ciudades en que se localicen las Delegaciones Turísticas
2. Atender las problemáticas de competencia de la Secretaría de Turismo en el
ámbito de las Delegaciones en coordinación con las áreas respectivas de la
Secretaría.
3. Brindar el servicio de información turística.
4. Asesorar a prestadores de servicios turísticos del ámbito de la Delegación
respecto de las normas legales vigentes.
5. Coordinar acciones de promoción turística en el ámbito de la Delegación.
6. Asistir a los municipios en las actividades promocionales que se desarrollen
en la Delegación.
7. Dar cobertura periodística y convocar a los medios de comunicación a las
diversas actividades que se realicen en el ámbito de la Delegación.
8. Intervenir en los aspectos técnicos correspondientes a la categorización y
recategorización de los prestadores de servicios turísticos inscriptos en el
ámbito de la Delegación.
9. Coordinar con los organismos nacionales y provinciales de competencia las
obras de mantenimiento edilicio de la Delegación.
10. Coordinar acciones de capacitación y formación turística en el ámbito de la
Delegación.
11. Supervisar al personal que prestan servicios en la Delegación.
OFICINA
DELEGACIONES TURISTICAS
DIRECCION COORDINACION DELEGACIONES TURISTICAS
1. Difundir el Calendario Turístico Provincial.
2. Relevar la información turística local y regional integrándola al Sistema
Provincial de Información Turística
3. Organizar y administrar el área de Información Turística.
4. Organizar actividades promocionales provinciales, regionales y locales en
coordinación con la Dirección Provincial de Promoción Turística.
5. Recepcionar y tramitar inscripciones en los Registros de Prestadores de
Servicios Turísticos.
6. Mantener actualizado el registro de antecedentes y/o documentación vinculada
con la explotación de las Unidades Fiscales.
7. Intervenir en la fiscalización de las cuestiones técnicas emergentes de la
administración de las unidades fiscales situadas en el ámbito de la delegación.
OFICINA
DELEGACIONES TURISTICAS
DIRECCION COORDINACION DELEGACIONES TURISTICAS
DEPARTAMENTO DELEGACIONES TURISTICAS
ACCIONES
1. Relevar actividades y acontecimientos de carácter turístico, recreativo y
cultural que se produzcan en el ámbito de la Delegación.
2. Incorporar el calendario de actividades turísticas de la delegación al
Calendario Turístico Provincial.
3. Atender los requerimientos de información turística que realicen turistas,
estudiantes, entidades empresarias o inversores.
4. Asistir a los municipios en las acciones promocionales que desarrollen en la
sede de la Delegación.
5. Recepcionar y diligenciar documentación referida a las registraciones en los
Registros de Prestadores de Servicios Turísticos.
SECRETARIA DE
TURISMO
SUBSECRETARIA DE TURISMO SOCIAL Y COMUNITARIO
ACCIONES
1. Fomentar formas de disfrute del tiempo libre de grupos vulnerables de la
sociedad, ejecutando las acciones relativas a la prestación de servicios
turísticos a través del diseño de programas turísticos y recreativos para
grupos específicos como niños, adultos mayores, personas con discapacidad, y
carenciados de la Provincia de Buenos Aires.
2. Propiciar la participación de la sociedad en el desarrollo e instrumentación
de la política de Turismo Social.
3. Promover acciones conjuntas con organismos de educación y otras áreas
oficiales y privadas, municipales o provinciales, para desarrollar el turismo
en el ámbito de su competencia.
4. Coordinar el transporte y alojamiento de los contingentes turísticos, dando
prioridad a las familias numerosas, a la clase pasiva, a personas con
discapacidad y a los grupos escolares.
5. Garantizar el cumplimiento de las prestaciones turísticas verificando la
observancia de las condiciones contractuales establecidas.
6. Generar en la sociedad la cultura de la accesibilidad en las vistas y paseos
turísticos.
7. Promover la realización de estudios e investigaciones aplicadas al Turismo
Social y Comunitario.
8. Coordinar con la Secretaría de Turismo de la Nación las acciones relativas a
la prestación de servicios del Programa Federal de Turismo Social.
9. Promover el desarrollo y estímulo de destinos turísticos con potencialidad.
10. Implementar programas bajo la modalidad de turismo comunitario, propiciando
la gestión de la actividad por parte de las comunidades locales.
11. Generar los mecanismos para la difusión de la gestión de gobierno de la
Secretaría, manteniendo relación con los servicios informativos de los medios
de comunicación.
SUBSECRETARIA DE
TURISMO SOCIAL Y COMUNITARIO
DIRECCION PROVINCIAL TURISMO SOCIAL
ACCIONES
1. Asegurar formas de disfrute del tiempo libre de grupos vulnerables de la
sociedad, ejecutando las acciones relativas a la prestación de servicios
turísticos a través del diseño de programas turísticos y recreativos para
grupos específicos como niños, adultos mayores, personas con discapacidad, y
carenciados.
2. Generar mecanismos de participación ciudadana en el desarrollo e
instrumentación de la política de turismo social.
3. Implementar programas de paseos y miniturismo destinados a escolares, familias
de escasos recursos, personas con discapacidad y de la tercera edad, fomentando
el campamentismo y el establecimiento de albergues para la juventud.
4. Implementar acciones con organismos de educación y otras áreas oficiales y
privadas, municipales o provinciales, para desarrollar el turismo en el ámbito
de su competencia.
5. Fiscalizar el cumplimiento de las prestaciones que realizan los distintos
prestadores verificando la observancia de las condiciones contractuales
establecidas.
6. Diseñar e implementar el control de los servicios de turismo social
brindados por los prestadores de servicios turísticos.
7. Convenir y coordinar con instituciones académicas y de investigación la
realización de estudios tendientes a determinar la naturaleza y alcance de los
fenómenos sociales asociados al turismo social.
8. Difundir las oportunidades de turismo social en el ámbito educativo
provincial.
9. Implementar el Programa de Turismo Accesible.
10. Difundir el contenido de las Leyes Nº 24.314 (Decreto Reglamentario Nº
914/92) de Accesibilidad de Personas con Movilidad Reducida y Nº 25.643 Turismo
Accesible
SUBSECRETARIA DE
TURISMO SOCIAL Y COMUNITARIO
DIRECCION PROVINCIAL TURISMO SOCIAL
DIRECCION OPERATIVA
ACCIONES
1. Elaborar el Plan Anual de Turismo Social de la Provincia de Buenos Aires.
2. Coordinar acciones con el gobierno nacional en el marco del programa Federal
de Turismo Social.
3. Establecer convenios con los municipios, organismos públicos nacionales y
provinciales, entidades de bien público en materia de su competencia.
4. Diagramar, coordinar y ejecutar programas de paseos y excursionismo
destinados a escolares, familias de escasos recursos y a personas con
discapacidad de la tercera edad.
5. Llevar y mantener actualizado el registro de prestadores de servicios de
turismo social.
6. Seleccionar y contratar servicios turísticos.
7. Fiscalizar los establecimientos, equipos y servicios turísticos de turismo
social.
8. Verificar el cumplimiento de las normativas vigentes en materia de turismo y
transporte en el territorio provincial.
9. Coordinar los equipos técnico-operativos responsables de las prestaciones de
los servicios de turismo social.
10. Llevar y mantener actualizado un registro de entidades y personas
solicitantes de programas de turismo social.
11. Garantizar la seguridad de los turistas y excursionistas.
12. Elaborar el Programa de Turismo Accesible
13. Coordinar con los municipios turísticos interesados la implementación del
Programa de Turismo Accesible en sus destinos, atractivos y servicios turísticos.
DIRECCION
PROVINCIAL TURISMO SOCIAL
DIRECCION OPERATIVA
DEPARTAMENTO TURISMO SOCIAL
ACCIONES
1. Relevar y registrar los prestadores de servicios turísticos incorporados a
los programas de turismo social.
2. Verificar la inscripción de los prestadores de servicios en los
correspondientes registros provinciales obligatorios.
3. Diligenciar los trámites administrativos emergentes de las contrataciones de
servicios turísticos.
4. Diligenciar los trámites y procedimientos administrativos de los grupos y
contingentes de viajeros y excursionistas.
5. Recibir y tramitar ante la Dirección de Registro y Fiscalización Turística
de la Subsecretaría de Políticas Turísticas, las denuncias derivadas del
incumplimiento de servicios turísticos
6. Elaborar proyectos de convenio y/o acuerdo con municipios, organismos
provinciales y nacionales, entidades de bien público.
DIRECCION
PROVINCIAL TURISMO SOCIAL
DIRECCION OPERATIVA
DEPARTAMENTO DE TURISMO ACCESIBLE
ACCIONES
1. Relevar y registrar los prestadores de servicios turísticos que cuenten con
instalaciones adaptadas de acuerdo a las normas vigentes en materia de
accesibilidad de personas con movilidad reducida y turismo accesible
2. Elaborar estudios y diagnósticos sobre el estado de la infraestructura y el
equipamiento turístico respecto de su accesibilidad urbana y edilicia.
3. Difundir la oferta de servicios turísticos accesibles.
4. Realizar campañas de sensibilización a la comunidad, prestadores de
servicios y organismos públicos sobre las oportunidades y necesidades del
turismo accesible.
5. Coordinar con las áreas correspondientes de la Secretaría el Programa de
Capacitación de Turismo Accesible.
6. Asistir a los municipios y prestadores de servicios en la realización de
obras e inversiones que garanticen la accesibilidad a destinos y servicios
turísticos.
SUBSECRETARIA DE
TURISMO SOCIAL Y COMUNITARIO
DIRECCION PROVINCIAL DE TURISMO COMUNITARIO
ACCIONES
1. Promover modelos de desarrollo local sustentable en las pequeñas localidades
de la Provincia de Buenos Aires.
2. Relevar y tipificar destinos turísticos emergentes en la Provincia de Buenos
Aires.
3. Elaborar el programa de capacitación para destinos turísticos emergentes en
coordinación con la Dirección Provincial de Desarrollo y Calidad Turística de
la Subsecretaría de Políticas Turísticas
4. Diseñar un Programa Turístico para Pueblos Rurales de la Provincia de Buenos
Aires.
5. Promover la articulación de proyectos y programas entre los pueblos y
comunidades rurales con participación de sus pobladores a través de los
municipios, sociedades de fomento y/o clubes sociales
6. Coordinar con la Dirección Provincial de Turismo Social la implementación de
programas de visita y alojamiento en pueblos rurales.
SUBSECRETARIA DE
TURISMO SOCIAL Y COMUNITARIO
UNIDAD DE PRENSA
ACCIONES
1. Programar y ejecutar la difusión de la gestión de gobierno de la Secretaría,
manteniendo relación con los servicios informativos de los medios de
comunicación en coordinación con el área del Poder Ejecutivo que tenga esta
actividad como responsabilidad primaria.
2. Organizar, programar e implementar la prestación de servicios de apoyo
necesarios para la difusión de las distintas acciones de la Secretaría.
3. Coordinar y ejecutar las actividades periodísticas y de divulgación de la
información turística requerida por organismos municipales.
4. Organizar, coordinar y supervisar el registro de comunicaciones y
declaraciones oficiales que se produzcan en el ámbito de la Secretaría.
5. Organizar un registro de medios de prensa especializados en turismo.
6. Organizar y convocar conferencias de prensa.
7. Coordinar con las áreas competentes de la Secretaría, la administración de
contenidos e imágenes audiovisuales a difundir.
SECRETARIA DE
TURISMO
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
ACCIONES
1. Programar, controlar y ejecutar los actos administrativos vinculados con la
gestión contable, económica y financiera, en el ámbito del organismo.
2. Elaborar el proyecto de presupuesto anual del organismo y controlar su
ejecución, realizando los ajustes contables pertinentes.
3. Controlar, organizar y gestionar los ingresos y egresos de fondos y valores
asignados a las dependencias del organismo.
4. Supervisar, ejecutar y controlar las acciones relacionadas con el registro
de los bienes patrimoniales y con la organización, programación y prestación de
los servicios auxiliares necesarios al buen funcionamiento del organismo.
5. Coordinar, organizar, controlar y gestionar los actos vinculados a compras,
contrataciones, actos licitatorios, liquidación de haberes y demás actividades
vinculadas a su competencia.
6. Coordinar todas las actividades relacionadas con la administración del
personal y el tratamiento y resolución de los temas laborales.
7. Supervisar, organizar, mantener y prestar el servicio técnico-administrativo
necesario, diligenciando las actividades propias de la mesa general de
entradas, salidas y archivo, protocolización y despacho, bibliotecas técnicas,
archivo de documentación y sistemas de información técnica.
8. Programar, supervisar y controlar el servicio técnico-informático necesario
con el objeto de sistematizar los procesos administrativos contables del área
en concordancia con los lineamientos normativos vigentes.
DIRECCION GENERAL
DE ADMINISTRACION
DIRECCION DE CONTABILIDAD Y SERVICIOS AUXILIARES
ACCIONES
1. Organizar, coordinar y determinar la implementación de todos los actos
administrativo-contables necesarios para la gestión económico-financiera de la
Jurisdicción.
2. Organizar e implementar las actividades inherentes al movimiento de fondos y
valores propios de la Jurisdicción por asignaciones presupuestarias, de
recaudación y otros ingresos.
3. Organizar y aplicar los lineamientos de la contabilidad financiera de
conformidad con el sistema instrumentado por la Contaduría General de la Provincia
y confeccionar la rendición de cuentas conforme a la normativa vigente.
4. Organizar, controlar e implementar todas las actividades relacionadas con la
administración del personal, ejerciendo el debido control de la asistencia,
confección y archivo de legajos y demás actividades vinculadas.
5. Intervenir de forma directa en la acción previa y el desarrollo de toda
gestión de compra o venta encarada por la Jurisdicción, de acuerdo al
Reglamento de Contrataciones y los requisitos establecidos por la Contaduría
General de la Provincia, ejerciendo acciones de contralor y fiscalización en
las ejecuciones de las contrataciones.
6. Coordinar, organizar y administrar el registro patrimonial centralizado de
los bienes patrimoniales de la Jurisdicción, según las normas y
reglamentaciones vigentes en materia de gestión de bienes.
7. Ordenar y controlar las actividades vinculadas a la prestación de servicios
auxiliares necesarios para el normal funcionamiento de las áreas y dependencias
de la Jurisdicción, en orden a sus bienes inmuebles, así como el resto de los
bienes de uso.
DIRECCION DE CONTABILIDAD Y SERVICIOS AUXILIARES
DEPARTAMENTO TESORERIA
ACCIONES
1. Coordinar y organizar la recepción de fondos asignados a la Jurisdicción y
disponer su depósito en Cuentas Fiscales.
2. Administrar los fondos y valores ejerciendo el debido control de ingresos y
egresos.
3. Administrar la caja chica, el fondo permanente y atender las gestiones de
divisas relacionadas con misiones al exterior.
4. Realizar el resumen del movimiento diario de fondos.
5. Contabilizar analíticamente todas las operaciones de ingresos y egresos,
manteniendo informado al Departamento Contable y Rendición de Cuentas.
6. Efectuar los pagos a proveedores con sujeción a las normas legales vigentes.
7. Elaborar los informes necesarios del movimiento financiero para el análisis
de la Dirección.
8. Elaborar el cierre de Ejercicio Financiero.
DIRECCION DE
CONTABILIDAD Y SERVICIOS AUXILIARES
DEPARTAMENTO CONTABLE Y RENDICION DE CUENTAS
ACCIONES
1. Ejecutar las acciones necesarias para la elaboración y control del
presupuesto, incluyendo las distintas etapas de la registración y la
determinación de residuos pasivos, deuda exigible y su posterior seguimiento.
2. Efectuar la rendición de cuentas, control de ingresos y egresos de fondos y
cargos y descargos de bienes y confeccionar la cuenta general del ejercicio.
3. Realizar el control de la documentación entregada y recibida del
Departamento Tesorería y la contabilidad de fondos y bienes, conciliaciones
bancarias y registro de deudores varios.
4. Determinar la imputación de las erogaciones, elaborar los estados diarios y
mensuales de ejecución presupuestaria, y controlar el cierre del ejercicio
económico.
5. Atender la contabilidad analítica de las cuentas.
6. Recaudar y verificar los fondos de la cuenta de Multas, Aranceles y Cuentas
Fiscales elaborando resúmenes demostrativos de la marcha de los ingresos e
implementar la utilización de dichos fondos.
7. Recibir, ordenar, clasificar, controlar y preparar la documentación según el
concepto para su rendición ante los organismos superiores.
8. Confeccionar los legajos de rendiciones con los correspondientes balances de
pago, planillas demostrativas y notas de elevación a la Contaduría General de
la Provincia.
9. Confeccionar periódicamente balances de pago, con la documentación recibida
y existente, a efectos de controlar lo pagado por el Departamento Tesorería.
10. Efectuar las registraciones correspondientes en el libro de Cargos y
Descargos, como así también ordenar y archivar los duplicados de las
rendiciones para su consulta posterior, los reclamos de los agentes y/o
proveedores y las observaciones de la Contaduría General de la Provincia y del
Honorable Tribunal de Cuentas.
11. Confeccionar toda Disposición referida a la temática propia del sector y
determinada por la autoridad superior.
12. Registrar y controlar los fondos remitidos a las distintas dependencias,
para el pago de gastos de personal y otros gastos.
13. Efectuar la rendición de las percepciones e inversiones realizadas.
14. Confeccionar los pedidos de fondos que corresponda efectuar contra
documentación de pago y registrar la contabilidad de cargos por los fondos
recibidos.
DIRECCION DE
CONTABILIDAD Y SERVICIOS AUXILIARES
DEPARTAMENTO LIQUIDACION DE HABERES Y OTRAS EROGACIONES
ACCIONES
1. Registrar y controlar toda la documentación de los distintos gastos
concernientes a erogaciones de bienes y servicios.
2. Confeccionar las liquidaciones de aquellos gastos que se abonen por la
Tesorería de la Jurisdicción.
3. Efectuar en las liquidaciones los descuentos y retenciones en concepto de
impuestos que pudieran corresponder.
4. Confeccionar los pedidos de fondos que corresponda efectuar, conforme los
adelantos que se reciben de acuerdo con las previsiones de la normativa
vigente.
5. Registrar la contabilidad de cargos de los fondos recibidos.
6. Disponer y efectuar las liquidaciones de viáticos y movilidad conforme a las
normas en la materia, controlando las órdenes de pago y rendición de las
mismas.
7. Organizar, disponer y controlar las liquidaciones de sueldos y complementos
para el personal de las plantas aprobadas y cargos superiores y mensualizados
de la Jurisdicción, practicando las retenciones impuestas por las leyes y
reglamentaciones vigentes, y efectuando las modificaciones que se produjeren
según las incidencias de las novedades comunicadas por la Delegación de la
Dirección Provincial de Personal.
8. Expedir las certificaciones solicitadas para entidades bancarias, casas de
comercio, Instituto de Previsión Social, Instituto de Obra Médico Asistencial y
otras entidades e Instituciones.
9. Confeccionar los respectivos pedidos de fondos para atender las tareas
propias del sector.
10. Organizar, disponer, efectuar y controlar las liquidaciones de los gastos e
inversiones del organismo.
DIRECCION DE
CONTABILIDAD Y SERVICIOS AUXILIARES
DEPARTAMENTO PRESUPUESTO Y SERVICIOS AUXILIARES.
ACCIONES
1. Confeccionar los anteproyectos de presupuesto de cada dependencia, para su
elevación al Ministerio de Economía.
2. Realizar las reasignaciones de créditos en función del presupuesto
definitivo aprobado por la Honorable Legislatura.
3. Ejercer el seguimiento y control de la aplicación del presupuesto aprobado.
4. Analizar los anteproyectos de presupuesto de cada una de las reparticiones
del organismo, de acuerdo a las instrucciones emanadas del Ministerio de
Economía, previa solicitud a dichas reparticiones y organismos de las
necesidades económico-financieras previstas para el ejercicio, evaluando su
razonabilidad.
5. Imputar al presupuesto cada erogación verificando la suficiencia de partidas
.
6. Elaborar y supervisar los proyectos, modificaciones, ampliaciones y
ejecución de obras atendiendo la documentación de planos, si fuera necesario
participar en la confección de pliegos de llamados a licitación.
7. Determinar necesidades, conveniencias y oportunidad de construcción,
refacción, modificación, y reforma de edificio, instalaciones, maquinarias y
muebles.
8. Organizar, coordinar y controlar el funcionamiento de los talleres
generales, recibir las solicitudes y analizar su viabilidad y ejecución,
informando las necesidades de compra y abastecimiento para los mismos.
9. Organizar y programar la prestación de los servicios generales de
maestranza, mayordomía, expedición, conmutador, traslados de bienes muebles y
otros necesarios al normal funcionamiento del organismo, propios o contratados
y supervisar la conservación en perfecto estado de higiene de todas las
reparticiones y dependencias de la Jurisdicción como, asimismo, la guardia
policial.
10. Organizar, programar y efectuar la distribución del parque automotor de
acuerdo a las necesidades y según las prioridades determinadas como así
también, organizar, proponer, y controlar la reparación, mantenimiento y
equipamiento de los vehículos.
11. Verificar el cumplimiento de las disposiciones dispuestas para el servicio,
organizar y programar la asignación de choferes y confeccionar hojas de ruta y
fojas de comisión.
12. Inspeccionar el movimiento de las unidades y su estado de uso, dentro y
fuera del radio de la ciudad, como así también, fiscalizar el uso y
otorgamiento de vales de combustible, realizando cuadros comparativos de
consumo de combustible y kilometraje de automotores.
DIRECCION DE
CONTABILIDAD Y SERVICIOS AUXILIARES
DEPARTAMENTO COMPRAS, CONTRATACIONES, SUMINISTROS Y REGISTRO
PATRIMONIAL
ACCIONES
1. Coordinar la recepción y control de los pedidos de adquisición y su remisión
al Departamento Contable y Rendición de Cuentas para sus compromisos,
realizando la confección de pliegos y supervisando el cumplimiento de la
normativa vigente aplicable.
2. Controlar las preadjudicaciones y confeccionar las adjudicaciones y órdenes
de compra originadas en distintos actos licitatorios y contrataciones directas.
3. Controlar el cumplimiento en tiempo y forma de las estipulaciones
contractuales, diligenciar y verificar las facturaciones.
4. Organizar, mantener y actualizar un registro de proveedores y licitaciones
de la jurisdicción de acuerdo a los datos que suministre la Contaduría General
de la Provincia.
5. Elaborar los actos necesarios de la publicación de los anuncios de
Licitaciones.
6. Atender las necesidades de compra por caja chica y realizar las compras
urgentes y menores.
7. Efectuar la supervisión de almacenes y la recepción, control y atención de
vales de pedidos.
8. Organizar y efectuar el registro de bienes muebles e inmuebles, y las
variaciones patrimoniales en los libros contables y confeccionar las planillas
periódicas y el balance para su remisión a la Contaduría General de la
Provincia, ejerciendo la superintendencia de los registros patrimoniales de la
Jurisdicción.
9. Proyectar las disposiciones, resoluciones, decretos y otros actos referidos
a la gestión patrimonial.
10. Realizar la marcación física de los bienes de uso, y los inventarios
selectivos y realizar inspecciones periódicas a las distintas Reparticiones.
11. Organizar y determinar la asignación y traslado de bienes en la
Jurisdicción, evaluando las necesidades reales de uso.
12. Atender la centralización y control de la información remitida por las
áreas y organismos con descentralización funcional y realizar las gestiones
pertinentes determinadas para los bienes declarados fuera de uso y/o en
condición de rezago.
13. Emitir las órdenes de compra necesarias y llevar el control de las facturas
conformadas atendiendo a dichas órdenes emitidas.
14. Practicar la administración de inventarios, mantener el economato, y el
control de distribución y de stock mínimos.
DIRECCION GENERAL
DE ADMINISTRACION
DIRECCION DE SERVICIOS TECNICO-ADMINISTRATIVOS Y JURIDICOS
ACCIONES
1. Programar, coordinar e implementar los actos administrativos y legales
necesarios para la atención del despacho en la jurisdicción, elaborando y
proponiendo los anteproyectos de decretos, resoluciones, disposiciones, notas,
convenios y otros actos inherentes a la gestión, verificando el estricto
cumplimiento de las normas legales de aplicación.
2. Organizar, implementar y controlar el debido registro y protocolización de
los actos administrativos que se dicten en el área como, así también, organizar
y fiscalizar las tareas de la Mesa de Entradas y Salidas de Archivo, el
registro de las actuaciones que ingresan y egresan de la Jurisdicción, el
movimiento interno de las mismas y su archivo.
3. Coordinar y supervisar el funcionamiento de bibliotecas técnicas, archivo de
material bibliográfico y documentación como, asimismo, la asignación de
espacios físicos y equipamiento.
4. Programar y supervisar el servicio de apoyo informático para las reparticiones
y dependencias de la jurisdicción, sistemas, programas, controles de redes y
P.C., hardware y software en coordinación con la Dirección Provincial de
Informática.
5. Organizar la metodología legal para el cumplimiento de la normativa vigente.
DIRECCION DE
SERVICIOS TECNICO-ADMINISTRATIVOS Y JURIDICOS
DEPARTAMENTO MESA DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO
ACCIONES
1. Organizar, supervisar y atender la recepción, entrada y circulación y salida
de todas las actuaciones giradas o iniciadas en el ámbito de la Secretaría.
2. Programar, implementar y mantener un registro informatizado actualizado de
las actuaciones de entrada y su movimiento interno, suministrando la
información que requieran sobre el destino dado de las mismas, tanto las
dependencias y reparticiones del área como los organismos externos y partes
interesadas.
3. Caratular los expedientes de los actos administrativos que se inician en la
Secretaría, llevando un registro numérico y temático de los mismos, registrando
los movimientos requeridos para el buen orden de cada actuación.
4. Aplicar y controlar el cumplimiento de las normativas y reglamentaciones
dictadas para cada sector.
5. Atender el archivo de las actuaciones concluidas llevando un registro
pormenorizado de las mismas.
6. Organizar e instrumentar el servicio de gestoría y correos para todas las
dependencias de la Secretaría y realizar las actividades necesarias para la
entrega en tiempo y forma de los expedientes, actuaciones y sobres en los
lugares de destino determinados.
7. Recibir la devolución de actuaciones giradas por defectos en su tramitación
remitiéndolas a su dependencia de origen.
8. Atender el trámite de proyectos de decretos organizados en la Secretaría y
su seguimiento hasta su conclusión.
9. Implementar y mantener un registro actualizado del movimiento de actuaciones
producido en el sector, suministrando la información que cada dependencia
requiera sobre las gestiones realizadas.
DIRECCION DE
SERVICIOS TECNICO-ADMINISTRATIVOS Y JURIDICOS
DEPARTAMENTO DESPACHO Y PROTOCOLIZACION
ACCIONES
1. Programar, supervisar e instrumentar las actividades necesarias al buen
funcionamiento del despacho de actuaciones administrativas, giradas o iniciadas
en la Secretaría y prestando la asistencia y asesoramiento a las distintas
dependencias requirentes.
2. Atender a la recepción, distribución y gestión de los proyectos y actos
administrativos como también, verificar la aplicación correcta de las normas y
reglamentaciones vigentes en la elaboración de los mismos y efectuar su
presentación para la firma de las autoridades correspondientes.
3. Asesorar, controlar y ejecutar los actos de protocolización, archivo y
aplicación de resoluciones, y su publicación en el Boletín Oficial.
4. Organizar y ejecutar las acciones necesarias a fin de mantener y actualizar
los registros y ficheros de control de la gestión administrativa del sector y
atender las consultas de otros organismos y reparticiones asistiendo a las
áreas de apoyo administrativo de las Subsecretarías y Direcciones Provinciales
de la Secretaría, coordinando y concentrando pautas y criterios comunes.
5. Verificar y controlar el cumplimiento de las pautas formales determinadas
para la confección y trámite de todas las actuaciones a dar salida.
DIRECCION DE
SERVICIOS TECNICO-ADMINISTRATIVOS Y JURIDICOS
DEPARTAMENTO INFORMATICA Y GESTION TECNOLOGICA
ACCIONES
1. Intervenir en la creación de sistemas de información que faciliten el
seguimiento y control de la ejecución de los planes y proyectos de la
Jurisdicción en coordinación con la Dirección Provincial de Informática.
2. Establecer métodos y pautas a fin de controlar el flujo de trabajo, el
manejo de información y los niveles de seguridad en los sistemas de aplicación.
3. Determinar sistemas de registro que permitan el cruce de la información y el
control de la gestión de la Jurisdicción.
4. Asesorar sobre las aplicaciones practicadas de los sistemas computarizados y
atender a las necesidades de análisis, desarrollo, ejecución y capacitación
operativa requeridas.
5. Coordinar el enlace de datos e implementar las acciones inherentes a la
seguridad informática.
6. Organizar, mantener y prestar el servicio de informática, control y registro
de redes y PC, hardware y software en todo el ámbito de la Jurisdicción en
coordinación con la Dirección Provincial de Informática.
7. Analizar, diseñar, desarrollar e implementar los sistemas de información
necesarios para la gestión de la Secretaría en coordinación con la Dirección
Provincial de Informática.
8. Intervenir en los proyectos de sistemas de información de las distintas
áreas y dependencias de la Secretaría.
9. Elaborar y proponer técnicas de evaluaciones de los sistemas puestos en
marcha y ejecutar los procedimientos correctivos necesarios.
10. Administrar los sistemas y el procesamiento de la información.
11. Generar los manuales de utilización para los aplicativos desarrollados.
12. Confeccionar la documentación respaldatoria de los sistemas, en su etapa de
análisis, diseño, desarrollo e implementación.
13. Mantener actualizado y mejorar el sitio Web de la Secretaría de Turismo
acorde a las directivas recibidas.
14. Proveer soporte, asistencia técnica y apoyo operativo a todas las
dependencias de la Jurisdicción con relación a las actividades de procesamiento
electrónico de datos, administración y programación de sistemas operativos
estándares y métodos de evaluación de sistemas, administración y seguridad en
la base de datos y equipamiento.
15. Configurar las interfaces entre el software y el hardware.
16. Efectuar, definir y evaluar los elementos informáticos utilizados en la
Jurisdicción y proponer la correcta utilización de los mismos, en coordinación
con la Dirección Provincial de Informática.
17. Proveer la instalación, mantenimiento y actualización eficiente de equipos
y programas.
18. Definir, administrar y mantener la red informática de datos de la
Jurisdicción y servicios relacionados con las redes de internet e intranet.
19. Asesorar ante la adquisición de nuevos equipos y mantener actualizado un
registro de los existentes, como así también mapas de redes, terminales y
computadoras personales.
20. Atender las necesidades de mantenimiento y reequipamiento, y elaborar los
informes técnicos previos a la contratación.
DIRECCION DE
SERVICIOS TECNICO-ADMINISTRATIVOS Y JURIDICOS
DEPARTAMENTO ASESORAMIENTO JURIDICO
ACCIONES
1. Elaborar el dictamen legal sobre cada una de las compras y contrataciones de
la Secretaría supeditando su acción a las instrucciones que imparta la Asesoría
General de Gobierno.
2. Elaborar los dictámenes legales sobre los actos de la Secretaría que le sean
requeridos supeditando su acción a las instrucciones que imparta la Asesoría
General de Gobierno y elevar en consulta aquellos casos cuya resolución pudiera
implicar la fijación de un precedente de interés general para toda la Provincia.
3. Instrumentar la metodología legal para el cumplimiento de la normativa
vigente.
DIRECCION GENERAL
DE ADMINISTRACION
DELEGACION DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAL
ACCIONES
1. Coordinar y dirigir las actividades vinculadas con la administración de los
recursos humanos asignados a la jurisdicción, de acuerdo a las normativas,
reglamentación y disposiciones determinadas para el sector en un todo de
acuerdo con las pautas emanadas de la repartición central rectora en temas de
personal.
2. Organizar y controlar las gestiones y trámites derivados de los temas
laborales y el cumplimiento de los deberes y derechos del personal, emitiendo
opinión fundada en la normativa vigente en todas las actuaciones que se
tramiten en el sector.
3. Planificar e implementar los procedimientos necesarios a fin de controlar el
efectivo cumplimiento y observación del régimen horario y de las normas de
asistencia, puntualidad y permanencia en el lugar de trabajo por parte de los
agentes, tomando intervención en el otorgamiento de permisos, comisiones y
pedidos de licencias previstos por los textos legales vigentes.
4. Organizar y mantener actualizado el sistema de registro y antecedentes del
personal mediante la elaboración de los legajos de cada agente y controlar las
certificaciones de servicios y trámites necesarios para la concesión de los
beneficios de jubilación.
5. Coordinar la atención de los temas que hacen al ordenamiento de los
planteles básicos, movimiento de asignación del personal, carrera
administrativa, capacitación interna, concursos y anteproyectos de estructuras,
de acuerdo a las pautas fijadas y concertando criterios con los organismos
rectores en la materia.
DELEGACION
DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAL
DEPARTAMENTO LEGAJOS Y CONTROL DE ASISTENCIA
ACCIONES
1. Controlar el cumplimiento y observación del régimen horario ordinario y
extraordinario como asimismo de las normas de asistencia, puntualidad y
permanencia en el lugar de trabajo por parte de todo el personal de la
Jurisdicción.
2. Verificar y tomar intervención en todo lo relativo a licencias ordinarias o
especiales, permisos, comisiones y otros previstos por la normativa legal
vigente.
3. Intervenir en todo ingreso, toma de posesión, asignación de cargos en forma
interna, cambio de destino y otros e informar al sector liquidación de sueldos.
4. Elaborar informes estadísticos, cuadros, gráficos y partes diarios,
mensuales y anuales en materia de asistencia de personal.
5. Actuar juntamente con el organismo Contralor Médico en la tramitación de las
licencias por enfermedad, Juntas Médicas, accidentes de trabajo y demás
temáticas inherentes al área.
6. Realizar toda citación y/o notificación al personal, de conformidad con las
leyes que rigen el procedimiento en el tema.
7. Coordinar, supervisar y efectuar la confección, actualización,
mantenimiento, control y archivo de los legajos de todo el personal de la
Jurisdicción.
8. Registrar en el legajo de cada agente todo dato inherente al desarrollo de
su carrera administrativa desde su ingreso hasta su egreso.
9. Extender certificaciones y constancias relacionadas con los servicios del
personal, tanto en actividad como dado de baja y ejecutar las acciones
necesarias para la obtención de beneficios asistenciales.
10. Colaborar con el Departamento Estructuras, Planteles Básicos y Capacitación
e Higiene y Medicina Laboral en el registro y sistematización de la información
referida a cargos, altas, bajas, censos del personal y en la elaboración de los
cuadros gráficos y estadísticos.
DELEGACION DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAL
DEPARTAMENTO ESTRUCTURAS, PLANTELES BASICOS, CAPACITACION, E HIGIENE Y
MEDICINA LABORAL
ACCIONES
1. Coordinar, proyectar, proponer y tramitar los actos administrativos
necesarios a los ingresos y egresos del personal.
2. Atender el trámite de todas las actuaciones relacionadas con los derechos,
deberes y prohibiciones del personal, de acuerdo a las normativas vigentes,
como así también, aquéllas vinculadas con toda modificación en su situación de
revista.
3. Elaborar y gestionar los actos necesarios para la obtención de los
beneficios previsionales previstos por las normativas legales vigentes.
4. Organizar y mantener actualizado el archivo y registro de normas, regímenes
y estatutos a aplicar en los temas de su competencia, así como las referidas a
escalafones y carrera administrativa a ser aplicados en la jurisdicción.
5. Programar e implementar un registro de plantas de personal determinando los
cargos ocupados y vacantes discriminados según las características específicas
de los regímenes y la organización estructural del área.
6. Organizar e instrumentar un registro de personal en actividad señalando
todas aquellas necesidades que hacen al desarrollo de la carrera
administrativa.
7. Elaborar y mantener actualizada la estadística de movimiento de cargos y
toda otra que le sea requerida relativa a los recursos humanos de la
Jurisdicción.
8. Divulgar y notificar al personal sobre cobertura de vacantes por concurso,
promociones y demás actividades vinculadas con su progreso en la Administración
Pública Provincial.
9. Actualizar el diagnóstico de las necesidades de capacitación y proponer las
acciones, metodologías y actividades necesarias para responder a las demandas.
10. Planificar y ejecutar programas de formación para los niveles superiores y
directivos coordinando acciones con el Instituto Provincial de la
Administración Pública y otros organismos e instituciones públicos y privados.
11. Planificar y ejecutar programas de capacitación, especialización,
actualización y formación para los agentes de la Jurisdicción.
12. Asistir, asesorar, coordinar y supervisar las acciones de capacitación y
formación que en materia ambiental realicen los agentes de esta Jurisdicción en
otros organismos públicos y/o municipales.
13. Organizar y mantener actualizado el archivo y biblioteca técnica de normas
y reglamentaciones sobre estructuras, escalafones y carrera administrativa.
14. Elaborar y proponer los anteproyectos y proyectos de modificación de
estructuras aplicando las normativas y disposiciones vigentes, coordinando
pautas y criterios con el organismo o repartición rector en la materia.
15. Coordinar, proyectar, proponer y tramitar actos y actuaciones
administrativas necesarias en materia de Higiene y Medicina Laboral, teniendo
en cuenta las normas administrativas dictadas a tales efectos, tanto de orden
nacional como provincial.
16. Efectuar relevamientos periódicos sobre la condición laboral de los agentes
que se desempeñan dentro de su ámbito y actuación.
17. Elaborar informes y estadísticas relacionadas con Higiene y Medicina
Laboral del personal que se desempeña dentro de su ámbito de actuación.
18. Proponer y gestionar todas las acciones necesarias que permitan el
mejoramiento de las condiciones laborales de los agentes en su ámbito de
actuación.