LEY 4509

Texto Actualizado con las modificaciones introducidas por Ley 4715.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

 

ARTÍCULO 1º: (Texto según Ley 4715) Autorízase al Gobierno de la Provincia para donar a la Sociedad Tiro Federal de Avellaneda una fracción de tierra de ciento setenta metros de frente sobre la calle Güemes en el partido de Avellaneda, limitada por el establecimiento de la Sociedad Anónima Mercado General de Haciendas de la Provincia de Buenos Aires; ramal a Quilmes del Ferrocarril del Sud; más terreno del Fisco de la Provincia y la citada calle Güemes.

 

ARTÍCULO 2º: Esta donación está sujeta a la obligación por parte de la Sociedad “Tiro Federal de Avellaneda” de comenzar a construir dentro del término de un año en dicho terreno, el citado polígono de tiro. En caso de incumplimiento por parte de dicha institución de esta condición, quedará sin efecto ni valor legal alguno esta donación.  

 

ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Poder Ejecutivo