LEY 4509
Texto Actualizado con las modificaciones introducidas por Ley 4715.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1º: (Texto según Ley 4715) Autorízase al Gobierno de la Provincia para donar a la Sociedad Tiro
Federal de Avellaneda una fracción de tierra de ciento setenta metros de frente
sobre la calle Güemes en el partido de Avellaneda,
limitada por el establecimiento de la Sociedad Anónima
Mercado General de Haciendas de la
Provincia de Buenos Aires; ramal a Quilmes
del Ferrocarril del Sud; más terreno del Fisco de la Provincia y la citada
calle Güemes.
ARTÍCULO 2º: Esta donación está sujeta a la obligación por parte
de la Sociedad
“Tiro Federal de Avellaneda” de comenzar a construir dentro del término de un
año en dicho terreno, el citado polígono de tiro. En caso de incumplimiento por
parte de dicha institución de esta condición, quedará sin efecto ni valor legal
alguno esta donación.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Poder Ejecutivo