DECRETO 1246/2024
LA PLATA, 27 de Julio de 2024
VISTO el expediente EX-2023-33554947-GDEBA-HZGAVCMSALGP del Ministerio de Salud por el cual se propicia aceptar la renuncia de Jorge Alejandro VILLAVERDE como Director Asociado del Hospital Zonal General de Agudos "Virgen del Carmen" de Zárate y la designación en su reemplazo de Walter Gregorio SERRA y,
CONSIDERANDO:
Que Jorge Alejandro VILLAVERDE presentó la renuncia, a partir del 15 de mayo de 2023, al cargo de Director Asociado del Hospital Zonal General de Agudos "Virgen del Carmen" de Zárate, cuya designación fuera oportunamente dispuesta por Decreto Nº 865/20;
Que la Dirección de Sumarios Administrativos informó que el funcionario saliente no registra actuaciones sumariales pendientes de resolución;
Que, en consecuencia, corresponde aceptar la renuncia presentada a partir de la fecha indicada;
Que, asimismo, se gestiona la designación de Walter Gregorio SERRA, a partir del 1º de enero de 2024, como Director Asociado del Hospital Zonal General de Agudos "Virgen del Carmen" de Zárate con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor; Que, en virtud de la designación propiciada, se gestiona reservar el cargo que Walter Gregorio SERRA posee como Médico - Especialidad: Terapia Intensiva, en grado de Asistente y con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia de labor en el Hospital Zonal General de Agudos "Virgen del Carmen" de Zárate, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales, mientras se desempeñe como Director Asociado de dicho nosocomio;
Que, asimismo, es procedente dejar establecido que la Dirección Provincial de Hospitales, en su rol de Autoridad de Aplicación a los fines previstos en el artículo 3° del Decreto-Ley N° 8078/73 (Texto según Ley N° 13.644), hizo lugar a la excepción de incompatibilidad del postulante con relación al cargo que ostenta en el Ministerio de Seguridad de la Provincia de la Provincia de Buenos Aires, a partir de la fecha de su designaciónón;
Que Walter Gregorio SERRA se encuentra alcanzado por los términos del Decreto N° 598/15, modificado por Decreto N° 1554/22, por el cual se declaró el desgaste laboral o agotamiento prematuro para el personal que presta servicios en los establecimientos asistenciales dependientes del Ministerio de Salud;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, ambas de Secretaría General, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;
Que ha dictaminado favorablemente Asesoría General de Gobierno;
Que la gestión que se promueve se impulsa conforme los términos de los artículos 14 inciso b) y 23 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con los artículos 8, 33 y 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituidos por el artículo 1° de la Ley Nº 10.528;
Que la designación impulsada se exceptúa de los alcances establecidos por el artículo 11 del Decreto Nº 272/17E y modificatorios;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Aceptar, en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 15 de mayo de 2023, la renuncia presentada por Jorge Alejandro VILLAVERDE (DNI Nº 14.743.975 – Clase 1962), como Director Asociado del Hospital Zonal General de Agudos "Virgen del Carmen" de Zárate, dependiente Dirección Provincial de Hospitales, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria del mencionado nosocomio, quien había sido designado por Decreto Nº 865/20, de conformidad con lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10.528.
ARTÍCULO 2º. Designar, en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 1º de enero de 2024, a Walter Gregorio SERRA (DNI Nº 28.575.300 – Clase 1981) como Director Asociado del Hospital Zonal General de Agudos "Virgen del Carmen" de Zárate dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, de conformidad con lo normado por el artículo 8° de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528, exceptuando la medida de los alcances establecidos por el artículo 11 del Decreto Nº 272/17E y modificatorios.
ARTÍCULO 3°. Reservar, en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 1º de enero de 2024, el cargo que posee Walter Gregorio SERRA (DNI Nº 28.575.300 – Clase 1981) como Médico - Especialidad: Terapia Intensiva, en grado de Asistente y con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia en el Hospital Zonal General de Agudos "Virgen del Carmen" de Zárate, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales, mientras se desempeñe como Director Asociado del establecimiento mencionado, de conformidad con lo determinado por el artículo 23 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1º de la Ley Nº 10.528.
ARTÍCULO 4°. Dejar establecido que la Dirección Provincial de Hospitales, en su rol de Autoridad de Aplicación a los fines previstos en el artículo 3° del Decreto-Ley N° 8078/73 (Texto según Ley N° 13.644), hizo lugar a la excepción de incompatibilidad solicitada por Walter Gregorio SERRA (DNI Nº 28.575.300 – Clase 1981), con relación al cargo que ostenta en el Ministerio de Seguridad de la Provincia de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 5°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y Gobierno.
ARTÍCULO 6º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar
Nicolas Kreplak, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador