Provincia de Buenos Aires
AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DIRECCIÓN EJECUTIVA
Resolución Nº 65/15
VISTO el expediente N° 22700-0048335/15, mediante el cual se propicia la aprobación del calendario de vencimientos para el cumplimiento de los deberes formales y materiales de los contribuyentes, agentes de recaudación y agentes de información, correspondiente al ejercicio fiscal 2016; y
CONSIDERANDO:
Que, con motivo de la proximidad de un nuevo ejercicio fiscal, resulta
necesario establecer las fechas de vencimientos que posibiliten a los distintos
sujetos obligados, cumplir en término con sus obligaciones fiscales, en el
marco de los tributos respecto de los cuales esta Agencia de Recaudación de
Que, en este sentido, el artículo 41 de
Que los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos incluidos en
el Régimen de Convenio Multilateral deberán cumplir con sus obligaciones dentro
de los plazos establecidos por
Que han tomado intervención
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Aprobar, como Anexos I a IV de la presente, el calendario de vencimientos para el año 2016 correspondiente a los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y a las Embarcaciones Deportivas o de Recreación, y para la presentación de la declaración jurada anual de los períodos 2015 y 2016 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, a fin de permitir a los contribuyentes el cumplimiento en término de dichas obligaciones fiscales.
ARTÍCULO 2º. Aprobar, como Anexo V de la presente, el calendario de vencimientos
para la presentación de las declaraciones juradas del período 2016 que
deben efectuar aquellos sujetos obligados a cumplir con los regímenes de
información dispuestos por esta Autoridad de Aplicación, y para la presentación
de la declaración jurada anual del período 2015 prevista en el artículo 6° de
ARTÍCULO 3º. Aprobar, como Anexo VI de la presente, el calendario de vencimientos
para la presentación de las declaraciones juradas y pago, correspondientes al ejercicio fiscal 2016, de los agentes de recaudación de los tributos provinciales.
ARTÍCULO 4º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Iván Budassi
Director Ejecutivo
NOTA: Los Anexos de la presente Resolución puede ser consultada en su versión PDF