DECRETO 1148/81

 

LA PLATA, 11 de SETIEMBRE de 1981.

 

VISTO el expediente nº 4049-1701/80 por el ­cual la Intendencia Municipal de General Pueyrredón, gestiona la donación de inmuebles con destino a la instalación de un Laboratorio Zonal de Bromatología, en cumplimiento del convenio de Descentralización Operativa aprobado por Decreto nº 3055/77, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que los mismos consisten en la edificación construida originariamente para áreas de la Universidad Nacional de Mar del Plata, en terrenos del Hospital Interzonal General de esa localidad, y en una fracción de terreno ubicada asimismo en el predio que ocupa el citado nosocomio;

 

Que la edificación de referencia fue destinada primitivamente a la erección de la Universidad Nacional de ­Mar del Plata, comenzándose a tal efecto con la construcción del ­edificio, obra esta que, posteriormente fue paralizada;

 

Que la totalidad del terreno fue transferi­da a la Provincia por Decreto Nacional nº 692/68 y aceptada la do­nación mediante Decreto Provincial nº 11603/75;

 

Que el artículo 40de la Ley 9533 faculta ­al Poder Ejecutivo a fijar, además del destino del bien donado, el término para la ejecución y habilitación de las obras programadas;

 

Que con respecto a la procedencia de hacer ­lugar a la donación promovida, la Ley 9533 en su artículo 39 inci­so b) faculta al Poder Ejecutivo a efectuar donaciones de inmuebles del dominio privado del Estado a las Municipalidades cuando ­la donación contribuya de manera directa o indirecta al mejor cum­plimiento de la competencia que la Constitución, la Ley Orgánica ­Municipal y Leyes Complementarias atribuyan a las Comunas;

 

Que atento a lo actuado, a lo manifestado ­por la Contaduría General de la Provincia a fojas 32 y vuelta y a los dictámenes emitidos a fojas 40/41 y 42, por la Asesoría Gene­ral de Gobierno y por la Fiscalía de Estado, respectivamente, procede dictar el acto administrativo pertinente;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase la donación a favor de la Intendencia Mu­nicipal de General Pueyrredón, de los inmuebles que continuación se detallan, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 39 inciso b) de la Ley nº 9533, con destino a la instalación de un Laboratorio Zonal de Bromatología, en cumplimiento del Convenio de Descentralización Operativa aprobado por Decreto nº 3055/77: 1.000 mts. 2 de la edificación construida originariamente para á­reas de la Universidad Nacional de Mar del Plata, ubicada en el predio adyacente al Hospital Interzonal General de esa localidad, ­dependiente del Ministerio de Salud.

Una fracción de terreno de 7.499,56 mts. 2, según croquis de fojas­ 37, ubicado en el predio designado catastralmente como: Circunscripción VI, Sección A, Chacra 87, Fracción I, Parcelas 2 y 3.­

 

ARTÍCULO 2.- El Municipio deberá finalizar la construcción del La­boratorio Zonal y proceder a su habilitación en un ­término que no podrá exceder los cinco años, a contar de la fecha­ del acto administrativo que disponga la aceptación del inmueble donado.

 

ARTÍCULO 3.- No cumplimentadas las obras dentro del plazo establecido en el artículo precedente, quedará sin efecto ­la donación debiéndose operar la reversión del dominio a la Provincia, sin que la Municipalidad donataria pueda reclamar resarcimiento por las inversiones realizadas.

 

ARTÍCULO 4.- Una copia del presente se remitirá a la Contaduría General de la Provincia y el movimiento patrimonial ­que se produce se comunicará en la próxima actualización, con in­tervención de los registros patrimoniales respectivos.

 

ARTÍCULO 5.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario en el Departamento de Salud.

 

ARTÍCULO 6.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y pase al Ministerio de Salud (Dirección de ­Despacho) a sus efectos. Previamente, notifíquese al Señor Fiscal de Estado.