DECRETO 1148/81
LA PLATA, 11 de SETIEMBRE de 1981.
VISTO el expediente nº 4049-1701/80 por el cual la Intendencia Municipal de General Pueyrredón, gestiona la donación de inmuebles con destino a la instalación de un Laboratorio Zonal de Bromatología, en cumplimiento del convenio de Descentralización Operativa aprobado por Decreto nº 3055/77, y
CONSIDERANDO:
Que los mismos consisten en la edificación construida originariamente para áreas de la Universidad Nacional de Mar del Plata, en terrenos del Hospital Interzonal General de esa localidad, y en una fracción de terreno ubicada asimismo en el predio que ocupa el citado nosocomio;
Que la edificación de referencia fue destinada primitivamente a la erección de la Universidad Nacional de Mar del Plata, comenzándose a tal efecto con la construcción del edificio, obra esta que, posteriormente fue paralizada;
Que la totalidad del terreno fue transferida a la Provincia por Decreto Nacional nº 692/68 y aceptada la donación mediante Decreto Provincial nº 11603/75;
Que el artículo 40de la Ley 9533 faculta al Poder Ejecutivo a fijar, además del destino del bien donado, el término para la ejecución y habilitación de las obras programadas;
Que con respecto a la procedencia de hacer lugar a la donación promovida, la Ley 9533 en su artículo 39 inciso b) faculta al Poder Ejecutivo a efectuar donaciones de inmuebles del dominio privado del Estado a las Municipalidades cuando la donación contribuya de manera directa o indirecta al mejor cumplimiento de la competencia que la Constitución, la Ley Orgánica Municipal y Leyes Complementarias atribuyan a las Comunas;
Que atento a lo actuado, a lo manifestado por la Contaduría General de la Provincia a fojas 32 y vuelta y a los dictámenes emitidos a fojas 40/41 y 42, por la Asesoría General de Gobierno y por la Fiscalía de Estado, respectivamente, procede dictar el acto administrativo pertinente;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1.- Autorízase la donación a favor de la Intendencia Municipal de General Pueyrredón, de los inmuebles que continuación se detallan, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 39 inciso b) de la Ley nº 9533, con destino a la instalación de un Laboratorio Zonal de Bromatología, en cumplimiento del Convenio de Descentralización Operativa aprobado por Decreto nº 3055/77: 1.000 mts. 2 de la edificación construida originariamente para áreas de la Universidad Nacional de Mar del Plata, ubicada en el predio adyacente al Hospital Interzonal General de esa localidad, dependiente del Ministerio de Salud.
Una fracción de terreno de 7.499,56 mts. 2, según croquis de fojas 37, ubicado en el predio designado catastralmente como: Circunscripción VI, Sección A, Chacra 87, Fracción I, Parcelas 2 y 3.
ARTÍCULO 2.- El Municipio deberá finalizar la construcción del Laboratorio Zonal y proceder a su habilitación en un término que no podrá exceder los cinco años, a contar de la fecha del acto administrativo que disponga la aceptación del inmueble donado.
ARTÍCULO 3.- No cumplimentadas las obras dentro del plazo establecido en el artículo precedente, quedará sin efecto la donación debiéndose operar la reversión del dominio a la Provincia, sin que la Municipalidad donataria pueda reclamar resarcimiento por las inversiones realizadas.
ARTÍCULO 4.- Una copia del presente se remitirá a la Contaduría General de la Provincia y el movimiento patrimonial que se produce se comunicará en la próxima actualización, con intervención de los registros patrimoniales respectivos.
ARTÍCULO 5.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario en el Departamento de Salud.
ARTÍCULO 6.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y pase al Ministerio de Salud (Dirección de Despacho) a sus efectos. Previamente, notifíquese al Señor Fiscal de Estado.