DECRETO 2426/98

 

LA PLATA, 13 de JULIO de 1998.

 

VISTO el expediente Nº 2780-2400/98 por el cual se tramita la aprobación del Convenio para la constitución del Foro Universitario para el Desarrollo Empresario Bonaerense y su cláusula ampliatoria celebrado, entre el Instituto para el Desarrollo Empresario Bonaerense (IDEB) y la Universidad Nacional de General San Martín, Universidad Nacional de General Sarmiento, Universidad Nacional de La Plata, Universidad Nacional de Mar del Plata, Universidad Nacional de Lomas de Zamora, Universidad Nacional de Quilmes, Universidad de Morón, Universidad del Salvador, Universidad Nacional de Lanús, Universidad Nacional de La Matanza, Universidad Nacional del Sur, Universidad Nacional de Luján, Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional La Plata de la Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional Bahía Blanca de la Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional de Avellaneda de la Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional de San Nicolás de la Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional Delta de la Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional Pacheco de la Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional Trenque Lauquen de la Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional Haedo de la Universidad Tecnológica Nacional y la Universidad Nacional de 3 de Febrero; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Instituto para el Desarrollo Empresario Bonaerense (IDEB), es un ente Autárquico que tiene por objeto prestar servicios y realizar acciones conducentes a la creación y el fortalecimiento de las micro pequeñas y medianas empresas de la industria, el comercio, los servicios, el agro, la minería, la pesca y los restantes sectores productivos que desenvuelven sus actividades principales en el territorio de la Provincia de Buenos Aires;

 

Que se hace necesaria la creación de equipos interdisciplinarios especializados en la problemática MIPYMES que efectúen estudios sistemáticos que permitan evaluar el impacto regional de las políticas llevadas a cabo en la Provincia de Buenos Aires y otros estudios necesarios para determinar la competitividad de las MIPYMES así como el impacto de los servicios del IDEB en las mismas;

 

Que ello permitirá el perfeccionamiento así como nuevos servicios tendientes a lograr una mayor competitividad de las MIPYMES Bonaerenses;

 

Que de acuerdo al Artículo 4, Inciso I de la Ley 11.807 el Instituto para el Desarrollo Empresario Bonaerense tiene plena capacidad jurídica para realizar actos tendientes a “Promover el estrechamiento de vínculos e intercambios con las Universidades y otros centros de enseñanza e investigación, públicos o privados, con el empresariado, tanto en los aspectos de capacitación como de investigación e innovación”;

 

Que las Universidades signatarias buscan integrar la capacidad intelectual y las habilidades de sus recursos humanos a las políticas públicas de creación y fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas bonaerenses, que esto estimulará la vocación empresaria de los jóvenes bonaerenses para que conformen nuevas empresas en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires;

 

Que a tal efecto consideran de suma importancia la coordinación y potencialización de los distintos equipos de trabajo especializados en MIPYMES del IDEB y con los que cuentan cada una de las Universidades firmantes;

 

Que las partes tienen objetivos comunes, respecto a la implementación de programas y acciones dirigidas a lograr una mas eficiente gestión de las micro, pequeñas y medianas empresas en el marco del nuevo escenario económico nacional e internacional;

 

Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado la correspondiente intervención a Fs. 5;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA

 

ARTICULO 1º: Apruébase el convenio y su cláusula ampliatoria celebrado, entre el Instituto para el Desarrollo Empresario Bonaerense (IDEB) y la Universidad Nacional de General San Martín, Universidad Nacional de General Sarmiento, Universidad Nacional de La Plata, Universidad Nacional de Mar del Plata, Universidad Nacional de Lomas de Zamora, Universidad Nacional de Quilmes, Universidad de Morón, Universidad del Salvador, Universidad Nacional de Lanús, Universidad Nacional de La Matanza, Universidad Nacional del Sur, Universidad Nacional de Luján, Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional La Plata de la Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional Bahía Blanca de la Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional de Avellaneda de la Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional de San Nicolás de la Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional Delta de la Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional Pacheco de la Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional Trenque Lauquen de la Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional Haedo de la Universidad Tecnológica Nacional y la Universidad Nacional de 3 de Febrero, cuyos originales pasan a formar parte integrante del presente.

 

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario en el Departamento de la Producción y el Empleo.

 

ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase a la Secretaría General de la Gobernación, para su conocimiento y demás efectos.

 

 

FORO UNIVERSITARIO PARA EL DESARROLLO EMPRESARIO

BONAERENSE

 

Reunidos:

En la Ciudad de La Plata a los 13 días del mes de Noviembre de 1997, el Instituto de Desarrollo Empresario Bonaerense, en adelante el IDEB, con domicilio en calle 7 Nº 1076 de la Ciudad de La Plata, representado en éste acto por su Presidente Lic. Miguel Saiegh; la Universidad Nacional de General San Martín, con domicilio en calle Congreso 554, de la localidad de Malaver, Provincia  de Buenos Aires, representada en éste acto por su Rector, Lic. Daniel Malcolm; la Universidad Nacional de General Sarmiento, con domicilio en calle Roca 850 de la localidad de San Miguel, Provincia de Buenos Aires, representada en éste acto por su Rector, Dr. Roberto Noel Domecq; la Universidad Nacional de La Plata, con domicilio en calle 7 Nº 776 de la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, representada en éste acto por su Rector, Ing. Luis Julián Lima; la Universidad Nacional de Mar del Plata, con domicilio en calle Juan Bautista Alberdi 2695, de la ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires, representada en este acto por su Vicerector, Dr. Armando Abruza; la Universidad Nacional de Lomas de Zamora, con domicilio en calle Juan XXIII y Camino de Cintura, de la ciudad de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires, representada en este acto por su Rector, Ing. Carlos Alberto Petignat; la Universidad Nacional de Quilmes, con domicilio en calle Roque Sáenz Peña 180, de la localidad de Bernal, Provincia de Buenos Aires, representada en este acto por su Rector, Ing. Julio Manuel Villar; la Universidad de Morón, con domicilio en calle Cabildo 134 Piso 2º de la ciudad de Morón, Provincia de Buenos Aires, representada en este acto por el Dr. Jorge Raúl Lemos; la Universidad del Salvador, con domicilio en calle Viamonte 1856 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por su Vicerector, Dr. Fernando Lucero Schmidt; la Universidad Nacional de Lanús, con domicilio en calle Senador Francisco Quindimil 3541, de la localidad de Valentín Alsina, Provincia de Buenos Aires, representada en este acto por su Rectora, Lic. Ana María Jaramillo; la Universidad Nacional de La Matanza, con domicilio en calle Florencio Varela 1903 de la localidad de San Justo, Provincia de Buenos Aires, representada en este acto por su Rector, Ing. Ernesto Cartier; la Universidad Nacional del Sur, con domicilio en Av. Alem 295 de la ciudad de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, representada en este acto por su Rector, Lic. Ricardo Raúl Gutiérrez; la Universidad Nacional de Luján, con domicilio en Cruce Ruta Nacional 5 y 7, de la ciudad de Luján, Provincia de Buenos Aires, representada en este acto por su Vicerector, Norberto Krymkiewicz; la Universidad Tecnológica Nacional, con domicilio en Sarmiento 440 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada por su Vicerector Ing. Neorem Franco; y la Facultad Regional La Plata de la Universidad Tecnológica Nacional con domicilio en Av. 60 y 124 de la Ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, representada por su Decano Ing. Carlos Eduardo Fantini; la Facultad Regional Bahía Blanca de la Universidad Tecnológica Nacional con domicilio en Av. 11 de Abril 461 de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, representada por su Decano Ing. Vicente Domingo Egidi; la Facultad Regional Avellaneda de la Universidad Tecnológica Nacional con domicilio en Av. Mitre 750 de Avellaneda, Provincia de Buenos Aires, representada por su Vice-Decano Ing. José Antonio Valentini; la Facultad Regional San Nicolás de la Universidad Tecnológica Nacional con domicilio en Colón 332 de San Nicolás, Provincia de Buenos Aires; representada en este acto por su Decano Ing. Neorem Franco, por la Facultad Regional Delta de la Universidad Tecnológica Nacional con domicilio en San Martín 1171 de Campana, Provincia de Buenos Aires, representada por su Decano Ing. Gustavo Alberto Bauer y la Facultad Regional Pacheco de la Universidad Tecnológica Nacional con domicilio en Av. Hipólito Irigoyen 288 de Gral. Pacheco, Provincia de Buenos Aires, representado por el Ing. José Luis García; la Facultad Regional Trenque Lauquen de la Universidad Tecnológica Nacional con domicilio en Villegas y Pereyra Rosas de Trenque Lauquen, Provincia de Buenos Aires, representada por el Ing. Gustavo Rinaldi;

Exponen:

Que el IDEB es un ente autárquico creado por Ley 11.807 que tiene por objeto prestar servicios y realizar acciones conducentes a la creación y el fortalecimiento de la micro, pequeñas y medianas empresas de la industria, el comercio, los servicios, el agro, la minería, la pesca y los restantes sectores productivos que desenvuelven sus actividades principales en el territorio de la Provincia de Buenos Aires;

 

Que dentro de estas acciones se encuentra entre otras el potencializar los recursos universitarios disponibles en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires con el fin de promover la creación de tecnologías y herramientas que permitan asistir y fortalecer las micro, pequeñas y medianas empresas bonaerenses, en adelante MIPYMES;

 

Que se hace necesaria la creación de equipos interdisciplinarios especializados en la problemática MIPYMES que efectúen estudios sistemáticos que permitan evaluar el impacto regional de las políticas llevadas a cabo en la Provincia de Buenos Aires y otros estudios necesarios para determinar la competitividad de las MIPYMES así como el impacto de los servicios del IDEB en las mismas;

 

Que ello permitirá el perfeccionamiento así como nuevos servicios tendientes a lograr una mayor competitividad de las MIPYMES;

 

Que esto estimulará la vocación empresaria de los jóvenes bonaerenses para que conformen nuevas empresas en al ámbito de la Provincia;

 

Que las Universidades signatarias del presente buscan integrar la capacidad intelectual y las habilidades de sus recursos humanos a las políticas públicas de creación y fortalecimiento de los sectores de la micro, pequeña y mediana empresa bonaerense;

 

Que a tal efecto consideran de suma importancia la coordinación y potencialización de los distintos equipos de trabajo especializados en MIPYMES del IDEB y con los que cuentan cada una de las Universidades firmantes del presente;

 

Que las partes tienen objetivos comunes respecto a la implementación de programas y acciones dirigidas a lograr una mas eficiente gestión de las micro, pequeñas y medianas empresas en el marco del nuevo escenario económico nacional e internacional;

 

Que las partes cuentan con plenas atribuciones para celebrar acuerdos como el presente;

 

Por ello acuerdan celebrar el presente convenio sujeto a las siguientes cláusulas:

 

Cláusula primera: Las partes acuerdan constituir el Foro Universitario para el Desarrollo Empresario Bonaerense que será coordinada por un Comité Directivo  integrado por los Rectores de las Universidades participantes, el Presidente del IDEB y los Presidentes o máximas autoridades de otros organismos con objetivos similares que se invite por unanimidad a integrarse en el futuro.

 

Cláusula segunda: El Comité Directivo se reunirá al menos una vez por año y tendrá como misión principal elaborar y aprobar la agenda de acción así como la coordinación, supervisión y control de las actividades que lleve a cabo el Consejo Técnico.

Cláusula tercera: Los signatarios del presente se obligan a compartir toda información que contaran relacionada con las micro, pequeñas y medianas empresas a simple requerimiento de los integrantes del Consejo Técnico.

 

Cláusula cuarta: Los signatarios del presente constituirán un Consejo Técnico que dependerá del Comité Directivo y estará integrado por el Director General Técnico del IDEB y 1 (un) representante por Universidad u organismos con objetivos similares que se invite a integrarse en el futuro, del más alto nivel técnico y operativo de la Institución que represente.

 

Cláusula quinta: El Consejo se reunirá al menos una vez por mes.

 

Cláusula sexta: El Consejo contará con un régimen de funcionamiento regular el que deberá aprobado por el Comité Directivo.

 

Cláusula séptima: El Consejo propondrá una agenda de proyectos a ser desarrollados para su cumplimiento.

 

En prueba de conformidad se firman 2 (dos) ejemplares del mismo tenor y a un mismo efecto.

 

 

Cláusula Ampliatoria al convenio del Foro Universitario para el Desarrollo Empresario Bonaerense.

 

Que por omisión no se incluyó en el encabezamiento del Convenio celebrado en la ciudad de La Plata a los 13 días del mes de Noviembre de 1997, pese a que suscribieron el mismo, a los Sres. Ing. Elio Biagini, representando en su carácter de Decano a la Facultad Regional Haedo de la Universidad Tecnológica Nacional y Don Aníbal Y. Jozami representando en su carácter de Rector de la Universidad Nacional de 3 de Febrero. Por tal motivo es que se salvan dichas omisiones teniendo formalmente incorporadas las Instituciones nombradas como partes integrantes del mismo. En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de La Plata a los 19 días del mes de Mayo de 1998.