DEPARTAMENTO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
DECRETO 283
VISTO el expediente N° 2166-2963/14, los Decretos N° 218/10, N° 395/11, N° 213/12, N° 166/14, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el
Decreto N° 218/10 se creó
Que por el referido Decreto se determinó su estructura orgánico-funcional, la que atento la complejidad de las competencias atribuidas, fue desagregada por Decreto N° 395/11;
Que con
posterioridad, fue dictado el Decreto N° 213/12 mediante el cual se efectuó la
adecuación de la estructura orgánica de
Que, a su vez, por
Decreto N° 166/14 se aprobó la modificación de la estructura de
Que, desde su
creación,
Que, como
consecuencia de ello, se estima oportuno y conveniente crear
Que en función de
ello, corresponde situar bajo la dependencia directa del Secretario Legal y
Técnico a
Que a tal efecto,
se impone la modificación de la estructura organizativa de
Que han tomado la
intervención de su competencia
Que la presente
medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 144
-proemio- de
Por ello,
EL GOBERNADOR DE
DECRETA:
ARTÍCULO 1º. Aprobar, a partir del 4 de febrero de 2014,
la modificación de la estructura orgánico-funcional de
ARTÍCULO 2º. Determinar para la estructura organizativa aprobada por el artículo precedente el siguiente cargo: UN (1) Subsecretario de Desarrollo Institucional.
ARTÍCULO 3º. Transferir a
ARTÍCULO 4°. Establecer que
ARTÍCULO 5°. Determinar que
ARTÍCULO 6°. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Jefatura de Gabinete de Ministros y de Economía.
ARTÍCULO 7º. Registrar, comunicar, publicar, dar al
Boletín Oficial y al SINBA, pasar a
Silvina Batakis Daniel Osvaldo Scioli
Ministra de Economía Gobernador
Alberto Pérez
Ministro de Jefatura de
Gabinete de Ministros
ANEXO 2a
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
SUBSECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
ACCIONES
1. Asistir al Secretario Legal y Técnico en el despacho de los actos de alcance general y particular que se sometan a consideración del Poder Ejecutivo, así como también de los distintos asuntos sometidos a su consideración.
2. Evaluar los aspectos legales, técnicos y de gestión de todo acto que se someta a consideración del Señor Gobernador y del Secretario Legal y Técnico.
3. Analizar y dar intervención a los organismos que resulten competentes en razón de la materia en los trámites vinculados a los proyectos de actos administrativos de alcance general y particular.
4. Examinar que
los proyectos elevados al Gobernador cuenten con el requisito establecido por
el artículo 145 de
5. Intervenir, a requerimiento del Secretario Legal y Técnico y junto con los organismos competentes, en lo atinente a la elaboración de actos administrativos.
6. Elaborar los actos administrativos cuya redacción le encomiende el Secretario Legal y Técnico.
7. Requerir a los
organismos de
8. Asistir al Secretario Legal y Técnico en los asuntos relativos a su competencia específica que le sean requeridos y representarlo cuando así se le encomiende.
9. Brindar apoyo técnico-jurídico en todos aquellos supuestos requeridos por el Secretario Legal y Técnico.
ANEXO 2b
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
ACCIONES
1. Asesorar al
Secretario Legal y Técnico en lo relativo a la planificación y coordinación de
las relaciones interorgánicas, interadministrativas e interjurisdiccionales de
2. Entender en el establecimiento, mantención y fortalecimiento de vínculos con entidades del sector privado y del tercer sector en materia legal y técnica.
3. Promover la
participación de
4. Instruir la elaboración de convenios y todo otro acto cuya redacción le encomiende el Secretario Legal y Técnico.
5. Impulsar la
implementación de acciones tendientes al fortalecimiento institucional de
6. Entender en lo
relativo a la comunicación institucional de
7. Instruir el
diseño de planes, programas y proyectos vinculados a la actividad administrativa
de
8. Intervenir, a requerimiento del Secretario Legal y Técnico, y junto con los organismos competentes, en lo atinente a la elaboración de anteproyectos de leyes.
9. Analizar y
evaluar, en el marco de la competencia asignada, los anteproyectos de ley que
como iniciativa del Poder Ejecutivo sean elevados para su remisión a
10. Analizar y dar
intervención a los organismos que resulten competentes en razón de la materia
en las iniciativas, anteproyectos y proyectos de ley sancionados por
11. Asistir al Secretario Legal y Técnico en los asuntos relativos a su competencia específica que le sean requeridos y representarlo cuando así se le encomiende.
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ASUNTOS LEGISLATIVOS
ACCIONES
1. Analizar los
aspectos constitucionales y legales de los proyectos de ley sancionados por
2. Analizar y
evaluar los anteproyectos de ley que se eleven para la remisión por el Poder
Ejecutivo a
3. Proponer, en su caso, textos alternativos de los proyectos sometidos a su análisis observando y procediendo a su devolución debidamente fundada.
4. Elaborar los
decretos de veto o devolución con observaciones fundadas de los proyectos de
ley sancionados por
5. Recepcionar y
organizar el registro de las comunicaciones recibidas por
6. Estudiar, proponer y promover, en coordinación con el área competente, la adecuación y/o correlación, si correspondiera, de la legislación provincial respecto de la normativa de carácter federal.
7. Investigar y asistir técnicamente en temas relacionados a los distintos proyectos legislativos y cuestiones específicas de la materia.
8. Coordinar con los organismos pertinentes, los proyectos de ley que hayan obtenido media sanción legislativa.
9. Intervenir en
la organización, coordinación y control de la gestión de los proyectos de ley
sancionados por
10. Analizar y
elaborar los proyectos de ley propiciados por el Poder Ejecutivo para su
remisión a
11. Requerir a los
organismos de
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL Y GESTIÓN DE PROYECTOS
ACCIONES
1. Organizar,
mantener y prestar el servicio técnico administrativo necesario a los órganos
que integran
2. Ejecutar las acciones necesarias para la tramitación de los distintos asuntos administrativos, requerimientos judiciales, legislativos, municipales y/o personales que sean dirigidos al Poder Ejecutivo Provincial.
3. Diseñar e
implementar planes, programas y proyectos en materia legal y técnica para la
actividad administrativa de
4. Coordinar la ejecución de las tareas que le encomiende el Subsecretario de Desarrollo Institucional, elaborando y proyectando las acciones y los actos necesarios para el logro de los objetivos determinados.
5. Coordinar e implementar los estudios, programas y proyectos especiales que le encomiende el Subsecretario de Desarrollo Institucional.
6. Confeccionar y gestionar la suscripción de convenios y acuerdos de colaboración cuando así se lo encomiende el Subsecretario.
7. Propiciar la
elaboración y utilización de sistemas informáticos en la optimización de
procesos llevados a cabo por las diferentes áreas de
8. Impulsar la
implementación de acciones tendientes a garantizar el fortalecimiento institucional
a través de la optimización de los circuitos y procesos que se efectúan en las
dependencias de
9. Efectuar el
control de gestión de las distintas áreas integrantes de