Fundamentos de la

Ley 11815

 

HONORABLE LEGISLATURA:

            Tengo el agrado de dirigirme a vuestra Honorabilidad acompañando proyecto de ley por el cual se modifica la Ley 11.188 y se crea la Unidad Ejecutora “Estadio Ciudad de La Plata”.

            Dada la significativa inversión del Estado Provincial en la construcción del Estadio Ciudad de La Plata, es aconsejable que las etapas que el mismo conlleva, tanto administrativas como de cumplimiento del cronograma de obras, sean ejecutadas, coordinadas y supervisadas por el Poder Administrador a través de una Unidad Ejecutora, con facultades suficientes para llevar adelante una operatoria de la envergadura de la obra proyectada.

            La fundación Estadio Ciudad de la Plata, constituida en virtud de lo dispuesto por el artículo 1 de la Ley 11.188 por los Clubes de Gimnasia y Esgrima La Plata y Estudiantes de La Plata, con la intervención del Colegio de Arquitectos Distritos I y del Colegio de Ingenieros Distrito V de esta ciudad, llamó a concurso nacional de anteproyectos y como consecuencia del mismo y de la selección efectuada por el jurado interviniente, desarrolló un proyecto ejecutivo para la construcción del Estadio Ciudad de La Plata.

            Un análisis posterior del proyecto original demostró la conveniencia que el estadio fuera equipado con una cubierta total, como así también con otras mejoras adicionales, a fin de ampliar su utilización a otros fines no precisamente deportivos, relacionados con la educación, la cultura, etc.

            La aludida Fundación cuenta con el estudio definitivo y la documentación técnica necesaria para la confección de los pliegos de bases y condiciones generales y particulares de la obra.

            A su vez, el convenio firmado entre la provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de La Plata establece la forma de financiar su construcción.

            De este modo consecuentemente y en el sentido de meritado, se remite el proyecto adjunto solicitando su pronta sanción.

            Dios guarde a vuestra Honorabilidad.