Decreto 429/2020
La Plata, 27 de mayo de 2020
VISTO el expediente N° EX-2020-10284939-GDEBA-SSLYTSGG correspondiente a las actuaciones legislativas PE-2/20-21, y
CONSIDERANDO:
Que por el referido expediente tramita la Promulgación de un Proyecto de Ley, sancionado por la Honorable Legislatura el 21 de mayo del corriente año, a través del cual se propicia la adopción de una serie de medidas respecto de los establecimientos geriátricos de la provincia de Buenos Aires, tendientes a la protección de nuestros adultos mayores frente a la pandemia ocasionada por la enfermedad Covid-19;
Que la mencionada iniciativa reconoce su antecedente en el Mensaje N° 3.925 ingresado en la Honorable Legislatura el día 11 de mayo de 2020;
Que ha tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 108 y 144 inciso 2° de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1º. Promulgar la Ley N° 15.171, sancionada por la Legislatura con fecha 21 de mayo de 2020, que como Anexo Único (IF-2020-10521291-GDEBA-DROFISGG) forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 2º. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Carlos Alberto Bianco, Ministro; Axel Kicillof, Gobernador