DECRETO 292/18
La Plata, 27 de marzo de 2018
Referencia: 2926-4369/14 - Designación TARRAGONA Gustavo Marcos y otros
VISTO el expediente N° 2926-4369/14 y agregados sin acumular del Ministerio de Salud, por el cual se propicia designar a diversas personas en distintos establecimientos y dependencias, en el marco de lo establecido por la Ley N° 10.430 (texto ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, y
CONSIDERANDO:
Que en la reunión de paritarias celebrada el 25 de octubre de 2016, entre los Ministerios de Trabajo, Economía, Salud y el entonces Coordinación y Gestión Pública, y en la mesa técnica celebrada el 3 de noviembre de 2016, se acordó mediante Actas N° 41 y N° 38, respectivamente, el pase a planta de aproximadamente cinco mil (5000) becarios pertenecientes a esa Jurisdicción;
Que los ingresos se harán en etapas y por orden de antigüedad;
Que con el transcurso del tiempo las problemáticas en materia de salud pública, como así también las soluciones a las mismas se han complejizado y acrecentado, lo que conlleva a la apertura de nuevos servicios y/o ampliación de los que actualmente funcionan, requiriendo mayor cantidad y calidad de personal en áreas especializadas y en servicios de apoyo;
Que para propiciar dicho trámite se afectaron cargos vacantes creados oportunamente por el artículo 57 de la Ley N° 14.652, correspondiente al presupuesto general ejercicio 2015, e incorporados en las partidas presupuestarias correspondientes por Decreto N° 712/15, que habían sido originadas por diferentes tipos de ceses del personal de planta permanente, y que se encuentran actualmente vigentes en el presupuesto general ejercicio 2018 (Ley N° 14.982);
Que la Delegación de la Dirección Provincial de Administración del Capital Humano del Ministerio de Salud, deberá controlar que se encuentren reunidos los recaudos de los artículos 2° y 3° de la Ley N° 10.430 (texto ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en forma previa a la notificación de cada uno de los interesados;
Que la jurisdicción cuenta con los créditos específicos para la atención del gasto que insumirá la medida;
Que resulta procedente otorgar a la agente PEREYRA, una bonificación remunerativa no bonificable por desfavorabilidad, equivalente al quince por ciento (15%) del sueldo básico del cargo en el que se la designa, en virtud de las condiciones geográficas y socio laborales en las que desarrollan las actividades en el Hospital Interzonal General “Vicente López y Planes” de General Rodríguez, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, de acuerdo con lo normado en el Decreto Nº 979/15;
Que por el artículo 4° inciso b) del Decreto - Ley N° 9650/80 (texto ordenado por Decreto N° 600/94), se estableció que el personal que realice tareas insalubres efectuará un aporte previsional mensual obligatorio del 16% sobre la remuneración que perciban;
Que el establecimiento y las funciones en que se desempeñarán los agentes ÁRIAS ARROE y MOROSINI, fueron declarados insalubres a los efectos determinados por el Decreto Nº 1351/71, por Resoluciones Nº 164/72 y N° 1217/92, de modo que deberán efectuar el aporte previsional mensual al que se alude en párrafo anterior;
Que a su vez, corresponde otorgar a Ever Joel ÁRIAS ARROE la bonificación del 15% del sueldo correspondiente a su categoría, prevista en el Decreto N° 4978/84, por desempeñar sus tareas en un establecimiento infectocontagioso;
Que han tomado intervención la entonces Dirección Provincial de Administración del Capital Humano, dependiente de la Subsecretaría de Capital Humano y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente del Ministerio de Economía;
Que los nombramientos propuestos encuadran en los artículos 5°, 6° y concordantes de la Ley N° 10.430;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: Designar en la Jurisdicción 11112 - Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente, en el marco de lo establecido por la Ley N° 10.430 (texto ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en la planta permanente, a las personas que se mencionan en el anexo único (IF-2018-03030188-GDEBA-DDPACHMSALGP) que integra el presente, en las condiciones que se indican en el mismo.
ARTÍCULO 2°: Las designaciones concretadas en el artículo precedente tienen carácter provisional y adquirirán estabilidad transcurridos seis (6) meses a partir de la fecha de toma de posesión de los cargos, de conformidad con lo establecido por el artículo 6° de la Ley Nº 10.430 (texto ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96.
ARTÍCULO 3°: Dejar establecido que la Delegación de la Dirección Provincial de Administración del Capital Humano del Ministerio de Salud, deberá controlar que se encuentren reunidos los recaudos de los artículos 2° y 3° de la Ley N° 10.430 (texto ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en forma previa a la notificación de cada uno de los interesados.
ARTÍCULO 4°: Otorgar, a partir de la fecha notificación del presente, la bonificación remunerativa no bonificable por desfavorabilidad, equivalente al quince por ciento (15%) del sueldo básico del cargo en que es designada Carina Alejandra PEREYRA, de acuerdo con lo previsto en el Decreto N° 979/15.
ARTÍCULO 5º. Dejar establecido que, a partir de la fecha de notificación del presente, Ever Joel ÁRIAS ARROE (DNI 30.876.292) y Raúl Marcelo MORISINI (DNI 22.404.230), deben efectuar un aporte previsional mensual obligatorio del 16% sobre la remuneración que perciban, de conformidad con lo establecido por el artículo 4° inciso b) del Decreto-Ley N° 9650/80 (texto ordenado por Decreto N° 600/94), dado que el establecimiento y las funciones en que se desempeñarán, fueron declarados insalubres por Resoluciones N° 164/72 y N° 1217/92, a los efectos del Decreto Nº 1351/71.
ARTÍCULO 6°: Otorgar, a partir de la fecha de notificación, la bonificación del 15% del sueldo correspondiente a su categoría que prevé el artículo 2° del Decreto N° 4978/84, a Ever Joel ÁRIAS ARROE (DNI 30.876.292), mientras se desempeñe en un establecimiento infectocontagioso.
ARTÍCULO 7°: Dejar establecido que en forma previa a la notificación del presente, Emmanuel Gonzalo MOREL (D.N.I. 30.852.537 - Clase 1984) deberá acreditar su cese en el cargo que posee en la Municipalidad de Florencio Varela, con la presentación del acto administrativo pertinente.
ARTÍCULO 8º. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente, con imputación a la Jurisdicción 11112: MINISTERIO DE SALUD – Jurisdicción Auxiliar 01 y 02: Sede Central y Dirección Provincial de Hospitales – Unidad Ejecutora: 102 y 103 - Programa: 0014, 0009, 0001, 0019, 0015, 0016, 0013 y 0014 – Subprograma: 009, 000, 017, 010, 003, 001, 008 y 004 –Actividad: 1 - Finalidad 3 – Función 1 - Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 – Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 - Régimen Estatutario 01 - Agrupamientos 1, 2, 3 y 4. Personal de Servicio, Obrero, Administrativo y Técnico – Presupuesto General Ejercicio 2018 - Ley N° 14982.
ARTÍCULO 9°: El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 10: Comunicar, notificar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.
Andrés Roberto Scarsi Federico Salvai
Ministerio de Salud Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros
María Eugenia Vidal
Gobernadora
ANEXO ÚNICO
SUBSECRETARÍA DE ATENCION DE LA SALUD DE LAS
PERSONAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE HOSPITALES
HOSPITAL ZONAL GENERAL DE AGUDOS "NARCISO LOPEZ" DE LANÚS
PLANILLA 1
ANEXO ÚNICO
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y GESTION DE LOS RECURSOS
DIRECCION PROVINCIAL LEGAL ADMINISTRATIVA Y CONTABLE
DELEGACION DE LA DIRECCION PROVINCIAL DE ADMINISTRACION DEL CAPITAL HUMANO
PLANILLA 2
ANEXO ÚNICO
SUBSECRETARÍA DE ATENCION DE LA SALUD DE LAS PERSONAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE HOSPITALES
“UNIDAD DE PRONTA ATENCION 11” (U.P.A 11 – 24 Horas) – Florencio Varela
PLANILLA 3
ANEXO ÚNICO
SUBSECRETARÍA DE ATENCION DE LA SALUD DE LAS PERSONAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE HOSPITALES ANEXO ÚNICO
HOSPITAL INTERZONAL ESPECIALIZADO DE AGUDOS Y CRONICOS "SAN JUAN DE DIOS" DE LA PLATA
CON MAYORES APORTES PREVISIONALES R.164/72
PLANILLA 4
ANEXO ÚNICO
SUBSECRETARÍA DE ATENCION DE LA SALUD DE LAS PERSONAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE HOSPITALES ANEXO ÚNICO
HOSPITAL INTERZONAL GENERAL DE AGUDOS "PROF. DR. RODOLFO ROSSI" DE LA PLATA
PLANILLA 5
ANEXO ÚNICO
SUBSECRETARÍA DE ATENCION DE LA SALUD DE LAS PERSONAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE HOSPITALES
HOSPITAL INTERZONAL GENERAL DE AGUDOS "PROFESOR DR. LUIS GUEMES" DE HAEDO
PLANILLA 6
ANEXO ÚNICO
SUBSECRETARÍA DE ATENCION DE LA SALUD DE LAS PERSONAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE HOSPITALES
HOSPITAL INTERZONAL ESPECIALIZADO MATERNO INFANTIL "DON VICTORIO TETAMANTI" DE MAR DEL PLATA
PLANILLA 7
ANEXO ÚNICO
SUBSECRETARÍA DE ATENCION DE LA SALUD DE LAS PERSONAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE HOSPITALES
HOSPITAL INTERZONAL GENERAL DE AGUDOS "VICENTE LOPEZ Y PLANES" DE GENERAL RODRIGUEZ
PLANILLA 8
ANEXO ÚNICO
SUBSECRETARÍA DE ATENCION DE LA SALUD DE LAS PERSONAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE HOSPITALES
HOSPITAL ZONAL GENERAL DE AGUDOS DOCTOR EDUARDO WILDE DE AVELLANEDA
PLANILLA 9
ANEXO ÚNICO
SUBSECRETARÍA DE ATENCION DE LA SALUD DE LAS PERSONAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE HOSPITALES ANEXO ÚNICO
HOSPITAL DESCENTRALIZADO INTERZONAL GENERAL DE AGUDOS SAN ROQUE DE MANUEL B. GONNET
PLANILLA 10