DECRETO 3294/89

 

La Plata, 26 de julio de 1989.

 

VISTO el expediente 4078-8074/87 por el que la MUNICIPALIDAD DE MORENO aprueba el Código de Zonificación del Partido; y

 

CONSIDERANDO:

 

Lo establecido por el artículo 83 del Decreto-Ley 8912/77 (T.O. 1987) y lo dictaminado por  Asesoría General de Gobierno;

 

Por ello;

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la propuesta presentada por la MUNICIPALIDAD DE MORENO a los fines de la vigencia del Código de Zonificación del partido, conforme con la Ordenanza nº 1798/87, a excepción del artículo 3º, y el Anexo II obrantes a fs. 139-5/65; Ordenanza 2314/88 y el Anexo I obrantes a fs. 122/137 – 91/93 y Ordenanza nº 2409/89 de  fs. 141 del expediente 4078-8074/87 que forman parte integrante del presente. 

 

ARTÍCULO 2º.-  El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno, de Economía y de Obra y Servicios Públicos.

 

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase a la Subsecretaría de Asuntos Municipales a sus efectos.

 

NOTA: El Anexo puede ser consultado en nuestro sitio web en su versión PDF.

 

Carlos R. ALVAREZ                                             Antonio CAFIERO

Ministro de Gobierno                                                Gobernador

 

Alejo A. GUADAGNI                                             Jorge L. REMES LENICOV

Ministro de Obras y Servicios Públicos                    Ministro de Economía