DEPARTAMENTO DE
ECONOMIA
DECRETO 990
La Plata, 1 de junio de 2007
VISTO el expediente Nº 5100-1839/05, por el cual se tramitan actuaciones relacionadas a un bien inmueble ubicado en la ciudad de Mar del Plata jurisdicción del Partido de General Pueyrredón, y
CONSIDERANDO:
Que el aludido bien se identifica catastralmente como: Circunscripción VI,
Sección D, Chacra 352, Manzana 352i, Parcela 7c, constando inscripto en la
Matrícula 200592, a nombre del señor Pérez Vera Cayetano;
Que a fojas 1 la Doctora Di Ciancia Ana María, apoderada de los sucesores de
Pérez Vera Cayetano, intima mediante carta documento CD 031479856 AR a que en
el plazo de 15 días se proceda a levantar la Afectación a Expropiación
tramitado mediante expediente Nº 2306-27334/66 del 20 de septiembre de 1966 que
consta sobre el mencionado bien;
Que a fojas 10 se agrega copia de la Matrícula 200592, en la cual consta la
Afectación a Expropiación de acuerdo al artículo 5° de la Ley Nº 5708;
Que a fojas 31 Fiscalía de Estado informa que el expediente Nº 2306-27334/66 no
registra ningún movimiento en el sistema informático;
Que a fojas 33, en la intervención que le cupo a Asesoría General de Gobierno,
es de opinión que no surgen antecedentes que la Provincia de Buenos Aires haya
tomado la posesión del inmueble y tampoco promovido acciones judiciales para
concretar la expropiación;
Que en consecuencia resulta procedente, dictar el pertinente acto que declare
abandonada la expropiación intentada y ordenar el levantamiento de las
anotaciones preventivas ante la Dirección Provincial del Registro de la
Propiedad (artículo 5° de la Ley Nº 5708) en virtud de haber trascurrido en
exceso el plazo de abandono previsto en el artículo 47 de la Ley Nº 5708;
Que ha producido despacho favorable la Dirección Provincial de Catastro
Territorial;
Que de conformidad a lo dictaminado por Asesoría General de Gobierno, el
informe de Contaduría General de la Provincia y la vista de Fiscalía de Estado,
corresponde dictar el pertinente acto administrativo;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el
Artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
ARTICULO 1º. Declarar
abandonada la Afectación a Expropiación que grava el bien inmueble identificado
catastralmente como: Circunscripción VI, Sección D, Chacra 352, Manzana 352i,
Parcela 7c, propiedad del señor Pérez Vera Cayetano inscripto en la Matrícula
200592 del Partido de General Pueyrredón.
ARTICULO 2º. Autorizar a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad a
los efectos de proceder al levantamiento de la anotación preventiva asentada en
el bien descripto en el artículo 1º.
ARTICULO 3º. Remitir copia autenticada del presente decreto a la Contaduría
General de la Provincia y al señor Pérez Vera Cayetano.
ARTICULO 4º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios
en los Departamentos de Economía y de Gobierno.
ARTICULO 5º. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar
al Boletín Oficial, pasar a la Dirección Provincial de Catastro Territorial del
Ministerio de Economía. Cumplido, archivar.
Florencio A.
Randazzo Felipe
Carlos Solá
Ministro de Gobierno
Gobernador
Carlos
R. Fernández
Ministro de Economía