DECRETO-LEY 9726/81
La Plata, 10 de agosto de 1981.
Visto lo actuado en el expediente número 5100-2164/80 y el Decreto Nacional
número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la
Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Derógase la ley 9653 y déjase sin efecto la declaración de
iliquidez e incorporación al patrimonio fiscal dispuesto por el articulo 1 de
la misma, con relación al bien inmueble ubicado en la ciudad y partido de La
Plata, nomenclado catastralmente como Circunscripción I, Sección I, Manzana
673, Parcela 11, con las dimensiones, superficies y linderos que surgen del
plano aprobado con característica 55-128-76, inscripto el dominio al Folio 4707/44
del Registro del Partido de La Plata.
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y
Boletín Oficial y archívese.