DECRETO-LEY 9726/81


La Plata, 10 de agosto de 1981.


Visto lo actuado en el expediente número 5100-2164/80 y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE


LEY


ARTÍCULO 1.- Derógase la ley 9653 y déjase sin efecto la declaración de iliquidez e incorporación al patrimonio fiscal dispuesto por el articulo 1 de la misma, con relación al bien inmueble ubicado en la ciudad y partido de La Plata, nomenclado catastralmente como Circunscripción I, Sección I, Manzana 673, Parcela 11, con las dimensiones, superficies y linderos que surgen del plano aprobado con característica 55-128-76, inscripto el dominio al Folio 4707/44 del Registro del Partido de La Plata.


ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.