FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9840

 

Por la presente se modifica el articulo 6 de la ley 9434 -Ley Orgánica del Banco de la Provincia de Buenos Aires-.

La norma sancionada posibilita que el Banco reciba depósitos judiciales a intereses, dentro de la reglamentación que a tal fin dicte el Directorio de la Institución en uso de las facultades que le otorga el artículo 24 de la citada ley 9434. Para ello se prevé que los jueces dispondrán el recono­cimiento de intereses a petición de parte.

La reforma encuentra su fundamento en la necesidad de preservar, en épocas de inflación, el capital depositado, a fin de que no se produzca la pérdida de su poder adquisiti­vo durante el tiempo que el mismo permanece inmovilizado, lo que redunda evidentemente en perjuicio de las partes y afecta el derecho de propiedad reconocido por las Constituciones Na­cional y Provincial.

Finalmente cabe señalar que la ley sancionada reco­ge la jurisprudencia sentada por varias Cámaras de Apelación  de nuestra Provincia.