FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9248

 

La ley adjunta dispone la donación al Obispado de Mar del Plata de varias fracciones de tierra fiscal ubicadas en la localidad de Mar de Ajó –Villa Clelia-, jurisdicción del Municipio Urbano de la Costa.

Las aludidas fracciones constituyen reservas de uso público, de propiedad de la Provincia de Buenos Aires por imperio de la Ley 3487, habiéndose inscripto su dominio en las matrículas 251/254, del Registro del Partido de General Lavalle.

El citado Obispado solicita la cesión de dichos predios a fin de construir sobre los mismos una Iglesia, guardería infantil, escuela religiosa y casa para Hermanas de Caridad, que sería las que atendería el lugar.

La Municipalidad de General Lavalle avaló la petición formulada considerando que el templo a construirse reportará inmensos beneficios a la comunidad, que desde hace varios años debe concurrir a los actos religiosos celebrados en la escuela de la zona, lugar ya insuficiente para albergar a todos los fieles que acceden a ellos. Aval éste ratificado por las autoridades del Municipio Urbano de la Costa.

En consecuencia, evaluando las razones invocadas que presuponen indudables beneficios de orden moral, espiritual y educativo, el Estado Provincial accede mediante la sanción de la presente ley al requerimiento interpuesto.