DECRETO-LEY 8747/77

 

Derogando la Ley 8600.

 

LA PLATA, 15 de MARZO de 1977.

 

VISTO lo actuado en el expediente número 2.240-75/977 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/976, de la Junta Militar, en su artículo 1º, apartado 1.1; en ejercicio de las facultades legislativas por ella con­feridas,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Derógase la Ley número 8600.

 

ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.