FUNDAMENTOS DE LA

LEY 8746

 

La presente ley dispone la sustitución de las normas contenidas en la ley 8358, mediante una nueva declaración de utilidad pública y consiguiente expropiación de fracciones de terreno ubicadas en la localidad de Ingeniero Budge, partido de Lomas de Zamora.

Los inmueble contenidos en los predios delimitados al norte por el puente de la Noria que une a la Capital Federal en su acceso sur de la avenida Circunvalación o General Paz, al noreste por el camino de la Ribera que costea al Riachuelo, al sudoeste por las calles Virgilio y Falucho, la calle Canadá al sudeste, la calle Cañada de Gómez y el camino Negro 10 de Setiembre de 1861 al nordeste, se destinan a la venta a sus actuales ocupantes, en lotes cuyas superficies, medidas y linderos, oportunamente, señalará el Instituto de la Vivienda, ente que depende del Ministerio de Bienestar Social, quien revestirá el carácter de órgano de aplicación de la ley, evaluando a su turno las necesidades de cada grupo familiar, sujetándose los remanentes al sistema instaurado por la ley 5396, con el fin de contemplar, de ese modo, aquellos supuestos de extrema necesidad social o, en su defecto, obtener el cabal cumplimiento de las primarias funciones estatales, ya sea a nivel nacional, provincial o municipal.

En otro orden de cosas es menester resaltar la conveniencia de la medida tomada por cuanto releva del constante y sostenido esfuerzo asistencial, de vigilancia y seguridad en el área, ya que la obtención de la vivienda propia conduce a cada ocupante a resolver los problemas que tengan lugar en el fundo cuya posesión se entregue, lo que a su vez, implica un progresivo mejoramiento de las condiciones ambientales de toda la zona.

Por último se pone de manifiesto la trascendencia que encierra el hecho de establecer el pago de impuestos, tasas y contribuciones a cargo de cada adjudicatario, medida que no sólo permite crear una conciencia tributaria en los pobladores, sino que también significa una importante fuente de recursos para el erario estatal, ya municipal, como provincial.