FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9925

 

Por medio de la presente Ley se incrementan las remuneraciones del Personal dependiente de la Administración General de la Provincia a partir del 1º de febrero de 1983.

En los lineamientos generales, los ajustes salariales responden a los adoptados en la Administración Nacional en el ámbito de su competencia, evidenciándose el interés del Superior Gobierno de la Provincia de mejorar el poder adquisitivo de las remuneraciones en forma compatible con la situación económico-financiero de la Provincia.

Con el propósito de que el beneficio sea percibido por los agentes en forma inmediata, se dispone que el aporte personal que corresponde ingresar en los Organismos Previsionales, como consecuencia del aumento de sueldos del primer mes, se concrete en dos cuotas mensuales consecutivas, haciéndose extensivo este beneficio al Personal dependiente de las Municipalidades.