FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9171

 

La presente ley declara de utilidad pública y sujeta a expropiación un bien inmueble sito en el Partido de San Isidro, y dispone su donación, una vez incorporado al patrimonio provincial, al Obispado de San Isidro Diocesano dependiente de ese Obispado.

El Estado concurre de esta manera, consecuente con lo establecido en el artículo 8 de la Constitución Provincial, al sostenimiento del culto Católico, Apostólico, Romano, posibilitando la ampliación de las instalaciones de un Seminario en el cual se forman sacerdotes de la Iglesia, permitiendo albergar en sus claustros a jóvenes convocados por la vocación de la fe cristiana.