FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9864

 

El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, ante la situación coyuntural de desocupación laboral que se pre­senta en diversos Distritos, particularmente del Área Metropolitana y del Gran La Plata, ha debido instar -hasta tanto la actividad privada reabsorba la mano de obra ociosa- medidas de carácter excepcional y de sustancial contenido social, tendientes a proporcionar paliativos a los requerimientos emergentes.

En tal orden, se ha considerado conveniente enco­mendar a los gobiernos comunales el emprendimiento de una ­acción gravitante y de rápidos resultados. Justifica tal ­criterio la inmediatez de las Municipalidades con los pro­blemas suscitados, el conocimiento del medio y de las rea­les necesidades a atender. Además, a tal nivel, se podrá a­signar a la acción que se implemente, un efecto aprovecha­ble para las comunidades locales. A esos fines, se ha esti­mado que resulta un medio idóneo la contratación de las personas afectadas, para la ejecución de trabajos inherentes a los servicios municipales y obras públicas menores.

La Provincia de Buenos Aires concurrirá al logro de dichos propósitos mediante la ayuda financiera que el Poder Ejecutivo disponga con tal objeto.

Asimismo para que las retribuciones del personal que se contrate alcancen un rendimiento mayor y atento las características que le son propias, se ha previsto que no sufrirán descuentos previsionales ni asistenciales.