FUNDAMENTOS
DE LA LEY 9584
Por la presente ley se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación un bien inmueble ubicado en la ciudad de Berisso, Partido del mismo nombre, y en el cual funciona actualmente el Jardín de Infantes Número 902.
La propietaria del bien aludido ha iniciado acciones judiciales para el desalojo del mismo, encontrándose los autos con sentencia favorable a las presentaciones de la actora, dictada por la Corte Suprema de Justicia, condenando a la Provincia a su restitución.
Frente a tal pronunciamiento judicial irrevocable, y en mérito a la necesidad de mantener ese establecimiento educativo que otorga invalorables beneficios a la comunidad, considerando la imposibilidad de su traslado no sólo por los inconvenientes lógicos que se acarrearían, sino por no existir en la zona lugares aptos para su emplazamiento, el Gobierno Provincial procede a la sanción de la presente Ley.