DECRETO-LEY 9917/83

 

LA PLATA, 16 de febrero de 1983.

 

VISTO lo actuado en el expediente número 2614-54.435/82 y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar;

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS

AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la localidad de Santos Lugares partido de Tres de Febrero, designado catastralmente como Circunscripción IV, Sección G, Manzana 30, Parcela 17, inscripción de dominio Folio 2760 año 1945, a nombre de OTTO FRANCISCO WULLICH, propiedad del nombrado o de quien o quienes resulten ser legítimos titulares de dominio, con destino a dependencias educativas.

 

ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley será atendido con cargo a la siguiente imputación Presupuesto 1982 -prorrogado a 1983, Carácter 1, Jurisdicción 7, Sección 2, Item 1, Unidad de Organización 1, Código 4-02-5, Sector 5, Partida Principal 10, Partida Parcial 2.

 

ARTICULO 3.- Declárase de urgencia la expropiación dispuesta por la presente ley, en los términos del artículo 38 de la Ley 5708 -General de Expropiaciones- y facúltase al señor Fiscal de Estado a iniciar la acción expropiatoria pertinente, quedando autorizado a ofrecer los montos indemnizatorios que fije la oficina Pericial del Consejo Expropiaciones.

 

ARTICULO 4.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.