FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9907

 

Con el propósito fundamental de mantener la unidad conyugal y la carrera docente, se amplío el convenio sobre traslados provisorios interjurisdiccionales de docentes titulares, firmado oportunamente en la ciudad de Santa Fe el día 6 de junio del año 1979, para todos aquellos casos en que el cónyuge se desempeñe en el sector privado. El Gobierno de la Provincia ha suscripto el pertinente convenio con la Nación y las Provincias.

Habida cuenta de lo expresado, se sanciona la presente procediendo a la ratificación del convenio de conformidad con lo dispuesto por los artículos 107 de la Constitución Nacional 90 inciso a) y 132 inciso 10) de la Constitución Provincial.