DECRETO-LEY  9395/79

 

LA PLATA, 22 de AGOSTO de 1979.

 

VISTO lo actuado en el expediente número 2406-6220/73 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 1, apartado 4.2. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades le­gislativas por ella conferidas,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación -con todo lo edificado, plantado y adherido al suelo-, ­los inmuebles ubicados en los Partidos de Merlo, Moreno, General Rodríguez y Marcos Paz, necesarios para la concreción de las Presas sobre los Arroyos La Choza y el Durazno, correspondientes a la cuenca del Río Reconquista.

 

ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley será atendido con cargo a la siguiente imputación: Ero­gaciones de Capital - Ejercicio 1979 - Carácter 1 - Jurisdicción 05 - Unidad de Organización 3 - Ítem 9 - Finalidad 6 - Función 01 - Programa 3 - Sección 2 - Sector 05 - Partida Principal 9 - Subprincipal 3 - Partida Parcial 2 - Ubicación Geográfica 044-050-069-073 - Núme­ro de identificación 2490.

 

ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.