DECRETO-LEY 9531/80

 

LA PLATA, 16 de MAYO de 1980.

 

VISTO lo actuado en el expediente número 2609-045426/76 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 1, apartados 4.2. y 4.4. de la Junta Militar; en ejercicio de las ­facultades legislativas por ella conferidas,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Fíjase como nuevo destino con el carácter de utilidad pública como causa expropiatoria para la fracción de ­tierra fiscal ubicada en el Partido de Lomas de Zamora, nomenclada ­catastralmente como: Circunscripción VII, Manzana 16, Parcela 4, e ­inscripto su dominio al folio 1178 del año 1957 del Registro del Citado Partido, el de desarrollo de actividades culturales.

 

ARTÍCULO 2.- Dónase al Teatro Escuela “Horizonte” la fracción de tierra descripta en el artículo anterior, con cargo de destinarla exclusivamente a las actividades dispuestas en el mismo.

 

ARTÍCULO 3.- Establécese el plazo de dos (2) años, a contar desde la fecha de la escritura traslativa de dominio, para que ­el donatario dé comienzo de ejecución al cargo establecido en el artículo 2.

 

ARTÍCULO 4.- En caso de disolución de la entidad beneficiaria o si no se cumpliere el cargo establecido en el artículo 2,­ o el plazo establecido en el artículo 3, se operará la revocación de la donación y reversión del dominio a favor de la Provincia, con todo lo plantado y adherido al suelo, sin derecho a reclamo e indemni­zación alguna por las mejoras introducidas.

 

ARTÍCULO 5.- Extiéndase por ante la Escribanía General de Gobierno la pertinente escritura de protocolización de las actuaciones administrativas, con la sola comparecencia del representante ­legal del donatario.

 

ARTÍCULO 6.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.