FUNDAMENTOS
DE LA LEY 9343
Por esta norma se ratifica el convenio que oportunamente suscribieran la Dirección Nacional de Vialidad y la Dirección de Vialidad de la Provincia, tendiente a licitar, en forma conjunta y mancomunada, las Autopistas La Plata-Buenos Aires y Ribereña de la Capital Federal y Puente sobre el Riachuelo, por el sistema de concesión de la Obra Pública –Ley Nacional número 17.520.
La ejecución de dichas obras constituye una vieja aspiración de la Provincia, la que se ha visto postergada a través de los años, no obstante que las condiciones de tránsito entre La Plata y Buenos Aires requieren una estructura nueva y funcional acorde con las características del desplazamiento vehicular moderno.
Atento a ello y teniendo en cuenta lo preceptuado por los artículos 90 inciso 9 y 132 inciso 10 de la Constitución de la Provincia, se sanciona la presente ley.