DECRETO-LEY 9654/81

 

NOTA: Ver Ley 10650


La Plata, 15 de enero de 1981


Visto lo actuada en el ejercicio número 2.240-153/80 y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE


LEY


ARTICULO 1.- La Provincia de Buenos Aires adhiere a la modificación introducida por la Ley 22293 al artículo 2 de la Ley 20221 (T. O. 1980), de coparticipación federal de impuestos, en los términos del articulo 10 de la norma citada en primer lugar.


ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y "Boletín Oficial" y archívese.