DECRETO-LEY 9654/81
NOTA: Ver Ley 10650
La Plata, 15 de enero de 1981
Visto lo actuada en el ejercicio número 2.240-153/80 y el Decreto Nacional
número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la
Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1.- La Provincia de Buenos Aires adhiere a la modificación
introducida por la Ley 22293 al artículo 2 de la Ley 20221 (T. O. 1980), de
coparticipación federal de impuestos, en los términos del articulo 10 de la
norma citada en primer lugar.
ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y
"Boletín Oficial" y archívese.