FUNDAMENTOS
DE LA LEY 9505
La Ley que se acompaña, dispone la ampliación del plazo establecido en la Ley 9023 por el término de cinco (5) años.
La citada Ley 9023, autorizó a la Policía de la Provincia de Buenos Aires, por el término de dos (2) años, y como excepción a lo dispuesto en el artículo 3, inciso b) de la Ley 6021, a efectuar obras de construcción, ampliación, reparación o mantenimiento de edificios policiales hasta ochocientos (800) metros cuadrados de superficie, previendo que dichas obras la mencionada Institución las podría realizar por sí o mediante convenios con las Municipalidades.
La aplicación de la mencionada norma ha resultado altamente positiva, pues las obras encaradas por contrato, o por convenios con las Municipalidades, tienden a solucionar situaciones que exigen un cambio fundamental a corto plazo, entendiéndose que dada la vastedad de la tarea que aún resta llevar a cabo para revertir el deterioro de la infraestructura policial, el nuevo plazo de excepción resulta suficiente.