DECRETO-LEY 9766/81
LA PLATA, 4 de
NOVIEMBRE de 1981.
VISTO lo actuado en
el expediente número 2228-464/70 y el Decreto Nacional número 877/80, en
ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
LEY
ARTICULO
1.-
Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, el inmueble ubicado en
la localidad de Pedro Luro, Partido de Villarino, nomenclado catastralmente
como: Circunscripción XIV, Parcela 1809a, inscripto su dominio en la matrícula
7208, del Registro de dicho Partido, a nombre de JACOBO SELCIO BOHOSLAVSKY o
quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.
ARTICULO
2.-
El inmueble descripto en el articulo anterior, será destinado a la ampliación
del Aeródromo local.
ARTICULO
3.-
El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley será atendido con cargo
a las partidas específicas del Presupuesto vigente.
ARTICULO
4.- Cúmplase,
comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.