FUNDAMENTOS
DE LA LEY 9393
La ley que se acompaña, dispone la donación a favor de la Municipalidad de Necochea de una fracción de tierra fiscal, ubicada en aquella ciudad, jurisdicción del Partido del mismo nombre, y al mismo tiempo, autoriza al citado Municipio a enajenarla.
Avala la medida dispuesta, el hecho que sobre el inmueble objeto de la liberalidad se encuentran emplazadas las instalaciones del Matadero Municipal, el que funciona ininterrumpidamente desde hace cuarenta (40) años aproximadamente, habiendo efectuado la Comuna donataria, a través de las distintas gestiones de gobierno, importantes inversiones tendientes a mantener en actividad un matadero de la jerarquía que esa ciudad merece.
La transferencia del bien a la Comuna no hará más que regularizar una situación de hecho, como lo es la que nos ocupa, a los efectos de que la misma pueda disponer en plenitud del inmueble.
Párrafo aparte merece la autorización a la Comuna para disponer libremente del inmueble, ya que es intención de sus autoridades descentralizar las tareas que en el bien se desarrollan para delegarlas en manos de la acción privada, hecho que indudablemente gravitará favorablemente en un mejor desarrollo de las actividades futuras del Matadero.